El tinaco que nadie exigió: cuando la norma construyó la crisis

El tinaco que nadie exigió: cuando la norma construyó la crisis

La declaración del director de MIAA revela que la ausencia de sistemas de almacenamiento en viviendas preexistentes no es un problema de cultura ciudadana: es una laguna normativa que el Estado ayudó a crear.

La frase que lo dijo todo

Cuando Jesús Vallín Contreras, director del Modelo Integral de Aguas de Aguascalientes (MIAA), explicó el desabasto en la colonia España ante los medios el 5 de mayo de 2026, luego de las protestas del 4 de mayo, eligió una formulación que merece leerse con cuidado. El problema, dijo, no es solo la falla del pozo: es que hay casas que no tienen tinaco. «¿Dónde les ponemos el agua cuando traemos pipa?» Es una pregunta operativa. Pero detrás de esa pregunta hay otra, más incómoda: ¿por qué el municipio expidió licencias de construcción durante décadas sin exigir que esas casas contaran con un sistema de almacenamiento?

(No se adelanten esforzados diputados, la legislación ya existe, solo no la vigilan y no la exigen).

La respuesta, documentada en el propio marco jurídico vigente, es que durante la mayor parte del crecimiento urbano de Aguascalientes, el que produjo colonias como España, con su historia de tandeos, esa exigencia sencillamente no existía en la legislación de construcción para viviendas individuales. El Estado autorizó edificar sin almacenar. Ahora el director del organismo operador le atribuye a los usuarios la consecuencia de esa omisión.

Lo que dice el Código Urbano de 2022

El 20 de diciembre de 2022, el Congreso del Estado aprobó el Código Urbano para el Estado de Aguascalientes (Decreto Número 251, publicado en el Periódico Oficial Tomo XXIII, Número 70 Extraordinario). Una de sus novedades fue establecer, por primera vez con rango de código estatal, la obligación de que fraccionamientos y condominios nuevos garanticen almacenamiento de agua. La norma exige suficiencia para al menos tres días, calculada sobre el promedio INEGI de 4.1 personas por vivienda y un consumo de 250 litros por persona por día.

«Hay un artículo que dice que los municipios cuando vayan a expedir licencias de construcción, tienen que tomar en cuenta esos criterios y una de las fracciones del artículo señala que la persona que va a hacer un fraccionamiento o condominio tiene que garantizar la suficiencia de agua por tres días a través de una macrocisterna o mediante la dotación de aljibe, cisterna o tinaco.» — Óscar Tristán Rodríguez Godoy, secretario de Desarrollo Urbano Municipal, julio de 2024.

Dicho de otro modo: a partir de 2022, quien promueve un fraccionamiento o condominio en Aguascalientes está legalmente obligado a dotar de infraestructura de almacenamiento. Ese avance normativo no es menor. Pero tiene un límite crítico que el propio funcionario reconoció en 2024: aplica a nuevas autorizaciones. El parque habitacional preexistente, el de las colonias populares que llevan décadas operando con tandeos, como España, quedó fuera de ese mandato.

Más relevante aún: incluso respecto a la vivienda individual nueva, el Código Urbano de 2022 no establece con la misma contundencia la obligación de tinaco o cisterna para la licencia de construcción de una casa sola, en predio ya urbanizado. La norma citada por la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal se refiere a fraccionamientos y condominios. Para la vivienda unifamiliar de autoconstrucción o edificación privada en lote individual, el Código Municipal de Aguascalientes que en su versión vigente data originalmente de 2007 con reformas al 26 de diciembre de 2024, no contempla el sistema de almacenamiento domiciliario como requisito expreso de licencia de construcción en ese tipo de inmueble.

El vacío que produce la crisis

Este es el problema estructural. La colonia España no es atípica: es representativa de cómo se construyó la ciudad durante el ciclo expansivo de los años ochenta, noventa y dos mil. Lotes individuales, construcción progresiva, vivienda de interés social o autoproducida, ningún requisito de cisterna en el proceso de autorización. Los tandeos que hoy Vallín describe como historia larga de la zona no son una anomalía local: son el producto de un modelo de prestación del servicio que opera sobre red, sin colchón domiciliario, en colonias donde la infraestructura de almacenamiento nunca fue condición de edificabilidad.

Cuando un pozo falla y los pozos fallan con regularidad en Aguascalientes, por descompostura mecánica, por variaciones de voltaje, por vandalismo, según el propio diagnóstico de MIAA publicado en 2025, el sistema no tiene amortiguador. La pipa llega y no hay dónde dejarla. Eso no es culpa del usuario. Es el resultado de haber edificado una ciudad en zona semiárida, con acuífero sobreexplotado, sin incorporar el almacenamiento domiciliario al estándar mínimo de habitabilidad. Y que ahora quieren crecer a un cuarto anillo.

El Estado autorizó durante décadas construir vivienda sin exigir capacidad de almacenamiento de agua. Ahora el organismo operador le reprocha a esas familias no tener tinaco.

El argumento de Vallín y sus implicaciones

La declaración del director de MIAA tiene dos lecturas posibles. La primera, caritativa: es una descripción técnica de por qué las pipas no resuelven el desabasto en casas sin contenedor. En esa lectura, el funcionario está identificando un problema real de infraestructura domiciliaria. La segunda lectura, que el periodismo no puede ignorar, es que la frase funciona como desplazamiento de responsabilidad: el operador del sistema falla en el suministro y la explicación apunta a los usuarios que no tienen equipo doméstico. Eso es invertir la carga. Estrategia de intento de control de narrativa al problema. Supongamos que es correcto el problema de la falta de contenedores (tinacos y cisternas), ¿tantos años y apenas te das cuenta?, eso habla de que es un gran administrador para cobrar pero un pésimo administrador humano, lo cual de conservarlo como director, se convierte en un lastre para las aspiraciones de su jefe en el 2027.

El Secretario de Gobierno, Antonio Arámbula, confirmó el 4 de mayo que el problema no es exclusivo de la colonia España sino que se ha reportado en diversas zonas de la ciudad. También admitió que la situación es un «jalón de orejas» para el organismo operador. Eso refuerza la lectura de que el déficit es del sistema, no de los usuarios. Si fuera un problema de tinacos, se concentraría en la colonia España. Si es transversal a varias colonias, es un problema de operación de la red.

Lo que la norma debería decir

El Código Urbano de 2022 fue un avance. Pero tiene al menos dos pendientes legislativos que la crisis del 4 de mayo y que subsiste hace urgentes.

Primero: extender la obligación de sistema de almacenamiento domiciliario a la licencia de construcción de vivienda unifamiliar en lote individual. Hoy esa exigencia recae sobre fraccionamientos y condominios, pero no necesariamente sobre quien edifica su casa sola en un predio urbano sin ser promotor. Esa asimetría produce el mismo resultado en el largo plazo: vivienda sin colchón hídrico.

Segundo: establecer un programa municipal de dotación y subsidio de tinacos o cisternas para el parque habitacional existente que carece de ellos. La norma nueva no puede hacerse retroactiva en su efecto sancionador, pero sí puede serlo en términos de política pública compensatoria. Si la ciudad fue construida sin esa infraestructura porque el Estado no la exigió, es el Estado quien tiene la obligación de remediar esa brecha, no las familias que construyeron con las reglas que había.

El Congreso del Estado retomó en 2024 el tema con el objetivo de que todos los ayuntamientos cumplan el Código Urbano vigente. Eso es necesari. Pero no es suficiente si no se atiende la deuda acumulada con las colonias que ya existen.

Reflexión

El director de MIAA tiene razón en un punto: sin tinaco, la pipa no resuelve. Pero esa verdad técnica no absuelve al sistema de su responsabilidad primaria, que es entregar agua por la red con continuidad suficiente. Tampoco absuelve al municipio de haber autorizado durante décadas una vivienda que no podía resistir ninguna interrupción en el suministro.

La crisis de la colonia España no es un accidente. Es la acumulación de decisiones normativas, técnicas y operativas que un Estado que presume gestión hídrica avanzada debería revisar con honestidad. Valdría más reconocer ese déficit institucional que señalar a los vecinos que no tienen tinaco.

Referencias

Congreso del Estado de Aguascalientes. (2022, 20 de diciembre). Decreto Número 251: Código Urbano para el Estado de Aguascalientes. Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tomo XXIII, Núm. 70 Extraordinario.

H. Ayuntamiento de Aguascalientes. (2024, 26 de diciembre). Código Municipal de Aguascalientes (versión con reformas al 26 de diciembre de 2024). Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes. https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/NormatecaAdministrador/archivos/MUN-4-2.pdf

El Ojo de Aguascalientes. (2026, 5 de mayo). No tienen agua porque no tienen tinacos, señala MIAA. https://www.elojodeaguascalientes.com/2026/05/no-tienen-agua-porque-no-tienen-tinacos.html

El Heraldo de Aguascalientes. (2026, 5 de mayo). Chocan vecinos y autoridades por desabasto de agua. https://www.heraldo.mx/chocan-vecinos-y-autoridades-por-desabasto/

La Jornada Aguascalientes. (2026, 5 de mayo). Gobierno estatal de Aguascalientes instalará mesas de diálogo con MIAA por falta de agua en colonias. https://www.lja.mx/2026/05/gobierno-estatal-de-aguascalientes-instalara-mesas-de-dialogo-con-miaa-por-falta-de-agua-en-colonias/

Página 24. (2026, 5 de mayo). Ante la desesperante falta de agua potable, vecinos de la España bloquean Primer Anillo. https://pagina24.com.mx/2026/05/05/local/ante-la-desesperante-falta-de-agua-potable-vecinos-de-la-espana-bloquean-primer-anillo/

El Ojo de Aguascalientes. (2024, 4 de julio). Nuevos fraccionamientos, obligados a garantizar suministro del agua potable. https://www.elojodeaguascalientes.com/2024/07/nuevos-fraccionamientos-obligados.html

El Sol del Centro. (2025, julio). ¿Por qué te quedas sin agua en Aguascalientes? Estas son las tres causas principales, según MIAA. https://oem.com.mx/elsoldelcentro/local/por-que-te-quedas-sin-agua-en-aguascalientes-estas-son-las-tres-causas-principales-segun-miaa-24690916

La Jornada Aguascalientes. (2022, 24 de noviembre). Aprobaron nuevo Código Urbano en el Congreso de Aguascalientes. https://www.lja.mx/2022/11/aprobaron-nuevo-codigo-urbano-en-el-congreso-de-aguascalientes/

Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA). (s.f.). Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México: equipamiento de tinaco y cisterna. https://www.imta.gob.mx/biblioteca/libros_html/regulacion-servicios/files/assets/basic-html/page33.html

Joahana Bolaños

Abogada litigante y Maestra en Psicoterapia Gestalt. Ex Coordinadora Académica en la Universidad de la República Mexicana. Docente en la Universidad Valle de México Campus Tlalpan y en la Universidad Tecnológica de México Campus Sur.

Joahana Bolaños

Abogada litigante y Maestra en Psicoterapia Gestalt. Ex Coordinadora Académica en la Universidad de la República Mexicana. Docente en la Universidad Valle de México Campus Tlalpan y en la Universidad Tecnológica de México Campus Sur.

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