De los drones a la evidencia digital: Aguascalientes fortalece la capacitación de su Policía Cibernética

Un dron puede ser una herramienta de trabajo, una tecnología para emergencias o un dispositivo usado de manera indebida. Para una corporación policial, cada escenario plantea preguntas distintas: quién lo opera, qué ocurrió, qué información dejó y cómo puede preservarse esa evidencia.
En ese contexto, personal de la Policía Cibernética de Aguascalientes participó en una capacitación sobre sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), organizada por International Narcotics & Law Enforcement (INL) e impartida en la Embajada de Estados Unidos en Guadalajara, según informó la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) el 7 de octubre.
La seguridad pública entra en una nueva era tecnológica
La pregunta de fondo no es solo qué tecnología tiene una policía, sino qué conocimientos necesita para entenderla, investigarla y usarla correctamente. Los drones son un buen ejemplo: sirven para búsqueda y rescate, protección civil o documentación de zonas de difícil acceso, pero también pueden estar relacionados con incidentes de seguridad. La SSPE lo plantea como parte de los «nuevos desafíos tecnológicos» y de una política de capacitación permanente.

¿Qué tiene que ver un dron con la Policía Cibernética?
Un UAS no es solo el aparato que vuela. Es un sistema: aeronave, control y comunicaciones entre ambos. Esa arquitectura genera datos, registros y dispositivos que pueden formar parte de una investigación. Ahí entra el perfil de una unidad con conocimientos tecnológicos. El boletín no detalla qué técnicas usa la Policía Cibernética; este reportaje no las presume.
Identificar al operador, preservar la evidencia y reconstruir el incidente
Según Antonio Martínez Romo, este tipo de preparación fortalece conocimientos en identificación de operadores, análisis de comunicaciones, medidas de respuesta, preservación de evidencia, cadena de custodia y análisis forense posterior a un incidente.
En términos periodísticos, esos conceptos describen una secuencia: detectar, identificar, atribuir, documentar y analizar. Y cada paso es distinto. Detectar una aeronave no es identificarla; identificarla no es saber quién la maneja; saber quién la maneja no es acreditar jurídicamente su participación en un hecho. Ninguna tecnología, por sí sola, resuelve automáticamente esa cadena.
Cuando la evidencia también está en los sistemas digitales
La evidencia ya no es solo física. También puede ser digital: registros, dispositivos, información técnica. Su valor depende de cómo se obtiene y se conserva. La cadena de custodia, definida en el artículo 227 del Código Nacional de Procedimientos Penales, es el sistema de control y registro que acompaña a un indicio desde que se localiza hasta que la autoridad competente concluye el procedimiento. Registra su estado original, quién lo tocó, cómo se embaló y se trasladó.
La regla aplica a quien, por su cargo, tenga contacto con los indicios (artículo 228). Y tiene consecuencias: si la evidencia se altera, puede perder eficacia probatoria si la autoridad verifica que quedó modificada de manera relevante. Un buen análisis técnico puede debilitarse si la evidencia se documentó mal.
Cooperación internacional para enfrentar nuevos desafíos
INL es la oficina del Departamento de Estado de EE.UU. que, mediante asistencia y cooperación, apoya programas de aplicación de la ley en distintos países. En México ha financiado capacitaciones a policías de investigación y a instructores, de acuerdo con reportes de prensa. Para el caso de Aguascalientes, la documentación pública disponible se limita a lo informado por la SSPE; no hay datos públicos sobre convenios específicos.
El intercambio puede aportar conocimientos y buenas prácticas, pero la adopción no es automática: debe adaptarse a la legislación mexicana y a las condiciones locales, como el propio secretario señaló al hablar del seminario en China.
Capacitación no es solo aprender: es convertir conocimiento en capacidad institucional
Hay tres conceptos que conviene no mezclar:
- Capacitación: adquirir conocimientos o habilidades.
- Capacidad institucional: que esos conocimientos se incorporen a procesos, protocolos y estructuras.
- Resultado operativo: una consecuencia concreta y demostrable.
La información pública confirma el primero. No hay datos públicos sobre protocolos nuevos, personal adicional capacitado, unidades especializadas o resultados derivados del curso. Por eso, lo correcto es decir que la capacitación busca fortalecer capacidades; no que ya haya reducido incidentes o aumentado detenciones. (Análisis) La pregunta pendiente es cómo se transfiere lo aprendido: si se replica entre el resto del personal, se documenta y se evalúa.
Aguascalientes y la profesionalización policial
La capacitación sobre UAS no es un hecho aislado en el discurso oficial: el Gobierno del Estado ha informado acciones con China (seminario de 21 días), España (cooperación en ciberseguridad con el C5i) y Colombia. Las fuentes consultadas no las presentan como un único programa; sí comparten un enfoque declarado: profesionalización, tecnología y cooperación, dentro del Plan «Blindaje Aguascalientes». (Análisis) Puede hablarse de una línea de trabajo institucional, no de una estrategia unificada.
Tecnología, seguridad y derechos
Más capacidad técnica exige más control jurídico. Analizar comunicaciones o datos toca derechos como la privacidad, la protección de datos personales y la inviolabilidad de las comunicaciones, y requiere sujetarse a la legalidad y al debido proceso. Esto no es una crítica a ninguna institución: es la condición para que la evidencia sea válida y para que la tecnología se use con proporcionalidad. (Análisis)
El reto: llevar el conocimiento del aula a la operación
(Análisis sociológico) Cuando la evidencia deja de ser exclusivamente física, el trabajo policial demanda competencias combinadas: informática, comunicaciones, análisis de datos y derecho. Los cursos internacionales funcionan como un mecanismo de transferencia de conocimiento; su valor se mide en lo que ocurre después, no en el aula.
¿Qué debe saber una persona sobre drones en México?
- Un dron forma parte de un sistema (aeronave, control y enlace) y es una aeronave sujeta a reglas de aviación civil.
- La autoridad aeronáutica es la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC); su norma principal es la NOM-107-SCT3-2019. Consultar requisitos de registro y operación en sus canales oficiales.
- Existen restricciones por seguridad de las personas, aeropuertos y espacio aéreo.
- Ante un incidente que ponga en riesgo a personas o bienes, llamar al 911 y aportar datos de lo observado (hora, lugar, descripción). No intentar interferir, atrapar ni derribar el dron: puede ser peligroso y alterar evidencia.
- Si hay afectación a la privacidad, conservar fotos o videos y presentar denuncia ante la autoridad correspondiente.
Los desafíos de seguridad pública evolucionan junto con la tecnología. Un cuerpo policial profesional necesita no solo equipamiento, sino conocimiento, capacitación, investigación, coordinación y legalidad. La capacitación de la Policía Cibernética es una oportunidad para fortalecer conocimientos especializados; su valor real dependerá de que se convierta en procesos institucionales mejores, siempre dentro del marco jurídico.







