Las pensiones no son una mercancía, son un derecho. El compromiso de la Nueva Corte y las dos Cámaras Legislativas.

por Joaquín H. Vela González y Humberto Luna Marín.
Ahora que contamos con la mayoría en las dos Cámaras, y con una nueva Suprema Corte de Justicia la Nación, es que se puede y se debe desarticular las reformas de los neoliberales, que incluyeron entregar a los banqueros los ahorros para el retiro de las y los trabajadores de México.
Antes de 1997 y 2007, los fondos para el retiro, y los servicios médicos para las y los trabajadores, eran manejados por el Estado nacional mexicano, bajo un esquema solidario. Después de estas dos reformas de corte neoliberal, los fondos de ahorro los manejan los banqueros propietarios de las empresas Administradoras de Fondos para el Retiro, de carácter privado, (AFORES).
Estas actualmente manejan 7.2 billones de pesos, y no existe información clara y transparente de que hacen con ellos y como los administran. Los fondos de pensiones ascienden a 7.2 billones, mientras el pasivo laboral rebasa a los 12 billones. Es decir, nadie explica el por qué las y los trabajadores han perdido casi 5 millones de millones de pesos.
Las y los trabajadores no reciben regularmente sus estados de cuenta, y no conocen el manejo de esos fondos. Ni los sindicatos, ni las propias Afores, capacitan a las y los trabajadores para administrar a su propia cuenta de AFORE. Mucho menos se les informa en que están siendo invertidos sus ahorros, a pesar de que es una enorme responsabilidad invertirlos correctamente para hacer crecer el monto de cada fondo.
De lo que si tenemos certeza es que, desde el año 2009, se dejó de aplicar al artículo 44 de la Ley del SAR, que ordena que las Afores y las Siefores paguen con su «reserva especial» o con su capital. Mientras que el Artículo 44 Bis plantea que la Junta de Gobierno de la CONSAR podrá ordenar la modificación del régimen de inversión y la recomposición de la cartera en riesgo. Pero omite la sanción. Esto, a pesar de que existen tres filtros para evitar las malas decisiones en inversiones:
Primer filtro: El Comité de Inversión de las Siefores;
Segundo: El Comité de Riesgos también de las Siefores y;
Tercero: El Comité de Análisis de Riesgos de la CONSAR.
Por si eso no fuera suficiente, el Artículo Primero Constitucional ordena que las normas se interpreten en todo tiempo en favor de las personas para su protección más amplia. Mientras que, en el caso que nos ocupa, la interpretación y la aplicación ha sido a «contrario sensu».
Esta reforma neoliberal permitió crear un gran fondo de inversión, sin ningún tipo de restricción ni responsabilidad para los dueños de estas empresas privadas que manejan estos recursos.
Si revisamos los informes, los montos de las minusvalías en varios años son escandalosos. Es decir, de nuevo la impunidad y el enriquecimiento de estos banqueros son los mismos, y los perdedores los de siempre.
En cuanto a las minusvalías, la causa de fondo del problema, en este doble despojo, ha sido la complicidad de la CONSAR y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con las Afores.
En la Ley del ISSSTE abrogada, se tenía derecho al disfrute de más de una pensión.
Y de dicha Ley se omitió el capítulo V Bis, relativo a las subcuentas del SAR, lo cual es de mucha importancia, pues en dicho capítulo se describe lo que es un contrato de depósito.
Por todo lo anterior, la mejor auditoria a las AFORES es capacitar a las y los trabajadores para que hagan su cálculo con base en la Ley y en su historia salarial. Respecto a los estados de cuenta, el problema está en que las y los trabajadores no tienen certeza de la veracidad de los saldos de las Subcuentas de Retiro y Vivienda. Hay muchos casos irregulares, donde el 5% de Vivienda es menor al 2% de Retiro, a pesar de que la persona trabajadora no tenga préstamo de vivienda, como un simple ejemplo.
Propuestas de acciones inmediatas para regular a las mencionadas Afores.
- Exigimos Auditoría Pública sobre sus estados financieros y respecto a la distribución de los beneficios entre administradoras y ahorradores.
- Aprobar en el Congreso de la Unión la abrogación al artículo 44 bis.
- Revisar el Resolutivo de la Suprema Corte de la Nación que declara Legal a la Reforma del año 2007, a pesar de la existencia de más de un millón de amparos. Urge corregir a esa aberración jurídica. Y declarar abrogada la Reforma al ISSSTE del 2007 de Calderón.
- Revisar los resultados de la reforma de la Ley Zedillo, que es una copia al carbón de la reforma de Pinochet en Chile, país en donde ya se demostró que, a pesar de que las y los trabajadores aportaron sus cuotas durante todos los 30 años, las pensiones que obtuvieron resultaron totalmente insuficientes para un retiro en condiciones dignas. Y proponer algo diferente, apoyándose en los llamados fondos del bienestar
- Revisar la reforma de Peña Nieto, relativa a pagar las pensiones en unidades de medida (UMAS), en lugar de salarios mínimos, como estaba previsto en la Ley Original. Esta reforma tiene que ser revisada, pues no debe sabotear a los aumentos que el gobierno anterior y el actual están autorizando para los salarios mínimos. Busquemos un mecanismo adecuado y justo, que beneficie a ambos procesos.
- Es nuestro deber concretar nuevas reformas, para rescatar muchos de los derechos arrancados por las reformas neoliberales, las que condenaron a las juventudes mexicanas a una vejez precaria e indigna.
- Remover a fondo al régimen actual de pensiones mercantiles, y sustituirle por uno justo y adecuado.
- La congelación de la edad de jubilación para las personas encuadradas en artículo Décimo transitorio, puede ser un avance, mientras que para las personas con cuentas individuales, lo justo es la posibilidad de reubicaciones, después de determinados años de servicios, y de acuerdo a la actividad y las condiciones de trabajo.
- En el caso de las y los trabajadores al servicio del Estado (más de 3 millones), todo el ISSSTE se ha manejado con opacidad y con graves deficiencias, y peor en el tema de PENSIÓNISSSTE, para el que la Ley dice que, debe reinvertirse los remanentes de las comisiones en las subcuentas de retiro de cada persona afiliada, empezando por las de sueldos más bajos. En cuanto a sus ganancias y dividendos, nada menciona la ley actual, pero por analogía debieran reinvertirse en las subcuentas de retiro. Desde Calderón a la fecha, no tenemos información al respecto.
- Para el caso de la indebida aplicación de la UMA, es menester destacar que desde el año 2016 hasta la fecha, el Estado mexicano ha venido violando a los artículos 17 y Décimo Octavo y Trigésimo Quinto transitorio de la Ley del ISSSTE, así como los artículos 1 y 14 de la Constitución. El Estado tiene la facultad de reformar a la Constitución y a todas las leyes, pero siempre en sentido progresivo, como lo dice el Artículo Primero, en contraste con el período neoliberal, cuyas reformas siempre fueron regresivas.
Por cierto, al conflicto de la CNTE hay que sumarle el de los trabajadores de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, provocado por una pésima e ilegal decisión del Secretario del Trabajo, al ordenar el cierre de las juntas, y el despido violento de las y los trabajadores de esta institución tripartita, fundamentando su acuerdo en el Artículo 606 de la Ley Federal del Trabajo, artículo derogado en 2019. Toda una torpeza.
Esperamos una respuesta inmediata y favorable del gobierno federal, a nuestras propuestas e iniciativas para la solución de fondo a todos estos problemas. Por una juventud mexicana por un futuro con pensiones dignas.
velagj@economia.unam.mx
humberlunmar@yahoo.com.mx