LAS COMISIONES BANCARIAS, EL BANXICO Y LA SOCIEDAD.

LAS COMISIONES BANCARIAS, EL BANXICO Y LA SOCIEDAD.

[bctt tweet=»El Banxico es autónomo porque una ley así lo indica, pero su autonomía no la determina el propio Banxico sino la ley que lo rige. » username=»crisolhoy»]

 

Las comisiones bancarias y el poder legislativo

 

El caso de las comisiones excesivas que cobran los bancos es un asunto de importancia central para nuestro país. Tengo algunas coincidencias y muchas dudas y discrepancias con la política que hasta hoy conocemos del presidente electo, pero en lo que respecta a la proposición de Morena de disminuir drásticamente las comisiones que cobran los bancos, estoy totalmente de acuerdo.

Se ha dicho que la proposición es una “amenaza a la autonomía del Banco de México”, así lo señala Moody’s Investors Service (La Jornada, 13 noviembre p. 20) y así lo han planteado varios articulistas que escriben en El Financiero. Esto es falso. Me explico:

  1. Las dos Cámaras son el Poder Legislativo y tienen todo el poder de hacer y corregir las leyes. El Banxico es autónomo porque una ley así lo indica, pero su autonomía no la determina el propio Banxico sino la ley que lo rige. Como todas las cosas, la autonomía del Banxico está sujeta a la ley y la ley NO la puede hacer el Banxico. La autonomía se ejerce por y dentro de una ley establecida que, evidentemente, puede ser modificada por el poder legislativo y así es en todos los países del mundo. Cambiar la ley, es modificar las condiciones en que se ejerce la autonomía, de ningún modo es atacarla.   
  2. El Banxico Sí tiene la facultad para regular las tasas de interés y las comisiones bancarias. Así lo establece un adendum al artículo 26 que rige al Banxico. Las funciones que tiene asignadas el Banxico se establecen en el artículo 3 de su ley. Pero no se por qué al segundo párrafo del artículo 26, se le agregan otras funciones más y esto se hace por decreto establecido en el 2010. Cuál es el decreto y quién lo promulga, no lo sé, pero son nuevas funciones que se establecen y que no se agregan al párrafo en que se establecen dichas funciones. Todo esto tiene el aroma de un “pegote” improvisado. En todo caso, este segundo párrafo dice lo siguiente:

“El Banco de México regulará las comisiones y tasas de interés, activas y pasivas, así como cualquier otro concepto de cobro de las operaciones celebradas por las entidades financieras con clientes. Para el ejercicio de dichas atribuciones el Banco de México podrá solicitar la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o de la Comisión Federal de Competencia y observará para estos fines lo dispuesto en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. (Adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2010).”

  1. Esta regulación no está a criterio del Banxico, ES UNA OBLIGACIÓN QUE DEBE DE CUMPLIR. La pregunta es: ¿Qué ha hecho el Banxico para regular las tasas de interés activas (las que cobran los bancos) y, qué ha hecho para regular esas comisiones.? Todo parece indicar que no ha hecho nada y si esto es así, se trata de una violación grave a su propia ley. Lo que haga, corresponde a su autonomía, pero es su obligación legal de hacer algo y explicarlo al público.

La tasa de interés de referencia, que sí regula el Banxico, tiene influencia sobre la tasa de interés de los bonos gubernamentales y también sobre las tasas pasivas (las que paga el banco a sus ahorradores) pero poca o muy baja sobre las tasas activas y es su obligación regular las tasas activas. Éstas son gigantescas en México y aquí, el diferencial de tasas activas y pasivas es enorme y es muchas veces más del que se cobra en los países desarrollados; se trata de tasas que bien podrían llamárseles agiotistas. Estas tasas activas son elevadísimas en función de muchas causas, una de las principales es que no hay competencia entre los distintos bancos; ellos son oligopolios que actúan con un grado de rivalidad bajísimo. Todo indica que hay acuerdos tácitos entre ellos para mantener altísimas las tasas de interés manteniendo entre ellos un nivel de competencia muy reducido.

El caso de las comisiones es muy parecido. Ellos cobran comisiones gigantescas que, en los países de origen, o no existen o son significativamente mucho más bajas. No sucedería esto si hubiese un grado de competencia y rivalidad fuerte entre ellos; pero lo que tenemos es un oligopolio controlado.

Esto afecta sensiblemente al país, pues toda la industria, el comercio y la sociedad estamos pagando rentas enormes por servicios, que no son productivos. Es un rentismo que disminuye el mercado interno y conduce a bajos niveles de crecimiento y desempleo. Además, las enormes tasas de interés activas, no sólo son una enorme carga financiera para las empresas, comercios y público deudor, sino que hay que recordar que las tasas de interés son uno de los determinantes clave de la inversión y por tanto, son un freno a la misma.

Todo ello afecta profundamente al crecimiento y al bienestar social. Por eso es muy grave el no cumplimento de la obligación del Banxico de regular las tasas activas y las comisiones y, si el Banxico no cumple con su propia ley, no únicamente hay que juzgarlo por su incumplimiento, sino que hay que poner leyes extras para sanear este grave problema social.

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Es el Banxico el que no cumple con las leyes de su autonomía; no el cambio legal que se propone desde el Poder Legislativo. Si me equivoco y el Banxico ha cumplido con sus obligaciones regulatorias, que el Banxico diga, qué y cómo lo ha hecho y aclare cuál ha sido la efectividad de sus actos regulatorios. Su autonomía no le quita la obligación de rendir cuentas a la sociedad.   

Juan Castaingts Teillery.  Profesor-Investigador UAM-I.

El Banxico es autónomo porque una ley así lo indica, pero su autonomía no la determina el propio Banxico sino la ley que lo rige.

Juan Castaingts Teillery

Profesor Investigador UAM-I

Juan Castaingts Teillery

Profesor Investigador UAM-I

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