Capacitación de élite y profesionalización policial: la apuesta de Aguascalientes por fortalecer al GOPES

Capacitación de élite y profesionalización policial: la apuesta de Aguascalientes por fortalecer al GOPES

El reconocimiento obtenido por un elemento del Grupo de Operaciones Especiales en un curso impartido por la Secretaría de Marina reabre una discusión de fondo: qué tan estratégico es invertir en la capacitación permanente de las corporaciones policiales estatales, y qué tan lejos puede llegar esa inversión sin datos públicos que midan sus resultados operativos.

Lo que confirma la nota oficial

De acuerdo con el comunicado publicado por el Gobierno del Estado de Aguascalientes (2026), seis integrantes del Grupo de Operaciones Especiales (GOPES), adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE), participaron durante un mes en el Curso de Protección a Funcionarios impartido por la Secretaría de Marina (Semar) en el 57 Batallón de Infantería de Marina, en la Ciudad de México, a través del Centro de Capacitación y Adiestramiento Especializado de Infantería de Marina y de la Unidad de Operaciones Especiales.

El secretario de Seguridad Pública del Estado, Antonio Martínez Romo, detalló que el programa incluyó gestión de riesgos, técnicas de desenfunde, protección cercana a funcionarios, integración de escoltas, manejo defensivo y ofensivo de vehículos, rescate acuático, acondicionamiento físico de alto rendimiento, fundamentos legales sobre el uso de la fuerza y derechos humanos, combate cercano y tiro de reacción, entre otros contenidos (Gobierno del Estado de Aguascalientes, 2026). Uno de los seis elementos obtuvo el segundo lugar general de aprovechamiento del curso, por encima de personal de otras corporaciones y fuerzas especiales participantes.

Conviene precisar los límites de esta información: la nota oficial no ofrece el número total de participantes en el curso, el nombre de las corporaciones con las que se compitió, ni una metodología de calificación consultable de forma independiente. Tampoco existen, hasta donde pudo corroborarse en fuentes públicas, indicadores operativos que permitan vincular directamente este resultado con una reducción medible de incidentes de alto riesgo en la entidad. El reconocimiento, por tanto, debe leerse como lo que es —una señal de desempeño individual dentro de un programa de formación— sin extrapolarlo automáticamente a una evaluación integral de la corporación.

La profesionalización policial, una agenda de décadas

La idea de que la capacitación continua es condición necesaria —aunque no suficiente— para una policía eficaz y respetuosa de los derechos humanos no es nueva ni exclusiva de México. Documentos técnicos de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos han señalado que, en procesos de reforma policial, la capacitación cobra un peso mayor cuando las corporaciones incorporan personal con poca experiencia, ya que ese personal depende en gran medida de lo aprendido en su formación para actuar correctamente ante escenarios de alta exigencia (WOLA, s.f.).

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2009) ha identificado justamente a la profesionalización y modernización de las fuerzas policiales como una de las áreas críticas para la gobernabilidad de la seguridad ciudadana en el hemisferio, junto con la atención a víctimas y la rendición de cuentas. En esa misma línea, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha sostenido que garantizar procesos adecuados de formación y capacitación permite que el personal policial cumpla sus funciones de prevención y control del delito dentro de un marco de respeto a los derechos humanos (OACNUDH, 2015).

El sustento legal de la capacitación especializada

En México, la capacitación de los cuerpos de seguridad no es una decisión discrecional de cada gobierno estatal, sino una obligación derivada de un entramado normativo específico. La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2019 y reformada en 2024, establece en su artículo 40 una lista mínima de contenidos que debe cubrir la capacitación de los agentes, entre ellos el manejo de crisis, la actuación en detenciones, los primeros auxilios y la ética y doctrina policial (Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, 2019/2024). El artículo 41 añade que esa capacitación debe considerar el uso diferenciado, escalonado y gradual de la fuerza, tanto letal como no letal, con el objetivo explícito de evitar daños a la integridad física de las personas.

La propia ley se rige por los principios de legalidad, absoluta necesidad, prevención, proporcionalidad, racionalidad, oportunidad y rendición de cuentas (Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, 2019/2024). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reforzado ese estándar: al resolver una acción de inconstitucionalidad sobre una ley estatal de uso de la fuerza, invalidó disposiciones que otorgaban un margen de discrecionalidad arbitrario para el uso de armas como primera opción, por considerar que ello vulneraba los principios de necesidad, proporcionalidad y última razón (Secretaría de Gobernación, 2024). En ese marco, que un curso de protección a funcionarios incluya expresamente fundamentos legales sobre el uso de la fuerza y derechos humanos, como reportó la SSPE, no es un añadido cosmético, sino el cumplimiento de un mandato legal.

Estándares internacionales y derechos humanos

La formación en el uso de la fuerza y en derechos humanos también responde a compromisos internacionales. El Manual de referencia sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego, elaborado conjuntamente por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, recuerda que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben recibir instrucción y capacitación adecuadas para no incurrir en tratos crueles, inhumanos o degradantes durante sus funciones (UNODC y OACNUDH, s.f.). La misma guía subraya que la fuerza solo puede emplearse para fines legítimos de aplicación de la ley y siempre bajo un criterio de proporcionalidad frente al nivel de riesgo.

Estos principios coinciden, en lo esencial, con los contenidos que la nota oficial atribuye al curso impartido por la Semar, lo que permite ubicar la capacitación del GOPES dentro de un estándar reconocido internacionalmente, y no como una iniciativa aislada del Gobierno estatal.

Coordinación interinstitucional: la lógica detrás del convenio con la Marina

Que una corporación estatal envíe personal a capacitarse con una institución de las Fuerzas Armadas no es un hecho excepcional en el país; refleja un modelo de coordinación entre órdenes de gobierno que ha sido impulsado, con matices y críticas distintas, por administraciones federales y estatales de diferentes signos políticos durante la última década. Para el caso de Aguascalientes, este tipo de vínculos con la Semar y con instituciones académicas como la Universidad de la Policía y Ciencias de la Seguridad se ha documentado en coberturas previas sobre el GOPES, que ubican a este grupo, con base en información atribuida al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre los grupos de élite policiales mejor evaluados del país (Gobierno del Estado de Aguascalientes, 2024). Esa referencia proviene de una fuente oficial estatal y no pudo verificarse de manera independiente con una publicación propia del SESNSP disponible en este análisis, por lo que se presenta aquí como una afirmación institucional, no como un hecho corroborado con una fuente autónoma.

Lo que dicen —y no dicen— los indicadores en Aguascalientes

Un análisis con evidencia no puede omitir el panorama estadístico. Reportes elaborados a partir de datos abiertos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública ubicaron a Aguascalientes, en los primeros meses de 2025, entre las cinco entidades con la tasa más alta de incidencia delictiva de alto impacto por cada 100 mil habitantes del país, aun cuando esa tasa mostraba una reducción sostenida frente a los niveles registrados en 2019 (Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia, 2025). Por su parte, la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana del INEGI incluye a la ciudad de Aguascalientes entre las áreas urbanas monitoreadas de manera trimestral para medir la percepción ciudadana de inseguridad, sin que este análisis haya podido acceder a la cifra desagregada más reciente para la capital del estado (INEGI, 2026).

Estos datos son relevantes porque matizan cualquier narrativa que presente a la seguridad pública estatal como un problema resuelto. La profesionalización de unidades especializadas como el GOPES puede fortalecer la capacidad de respuesta institucional ante escenarios de alto riesgo, pero no existe, en las fuentes consultadas, evidencia pública que permita atribuir a la capacitación específica de este grupo una variación concreta en los indicadores delictivos estatales. Afirmar esa causalidad excedería lo que la evidencia disponible permite sostener.

La profesionalización policial como inversión en seguridad pública

La literatura sobre reforma policial en América Latina coincide en que la capacitación continua incide en el desempeño institucional principalmente cuando se combina con otros tres elementos: mecanismos de evaluación permanente, controles disciplinarios eficaces y una carrera policial que ofrezca condiciones laborales dignas. La propia WOLA advierte que la capacitación, por sí sola, no puede transformar el comportamiento de una corporación si no se acompaña de mecanismos que detecten, investiguen y sancionen el abuso policial (WOLA, s.f.). Es decir, un curso —incluso uno tan exigente como el impartido por la Semar— es una pieza de un sistema más amplio, no un sustituto de él.

La coordinación entre corporaciones estatales y federales, como la que documenta este caso entre la SSPE y la Semar, tiene además un valor práctico: permite a los estados con menor presupuesto o infraestructura de formación acceder a estándares de entrenamiento que de otro modo tendrían que desarrollar internamente, a costos considerablemente mayores. La CIDH ha señalado la profesionalización y modernización de las fuerzas policiales como una de las áreas donde persisten mayores debilidades institucionales en la región (CIDH, 2009), lo que sitúa a este tipo de convenios como una respuesta parcial, aunque no suficiente por sí sola, a un problema estructural más amplio.

La certificación de competencias y la evaluación de control de confianza, exigidas por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública para todo el personal operativo, cumplen una función distinta pero complementaria: no miden habilidades tácticas, sino la idoneidad ética y psicológica del elemento para portar el uso legítimo de la fuerza. Ninguna capacitación especializada sustituye ese control; lo presupone. En ese sentido, el valor de programas como el cursado por el GOPES depende, en buena medida, de que operen sobre una base de personal ya certificado y sujeto a supervisión continua, información que corresponde hacer pública a la propia SSPE para que el reconocimiento obtenido pueda evaluarse en su contexto institucional completo.

Entre los principales desafíos que enfrentan las corporaciones estatales para sostener altos estándares de profesionalización destacan la rotación de personal, la limitación presupuestal para capacitación continua —frente a cursos de una sola ocasión— y la ausencia, en buena parte del país, de indicadores públicos que permitan a la ciudadanía verificar si la inversión en formación se traduce en mejores resultados operativos y en un menor número de quejas por uso excesivo de la fuerza.

La participación de personal del GOPES en un curso especializado de la Secretaría de Marina, y el desempeño individual destacado de uno de sus integrantes, son datos verificables que reflejan un esfuerzo institucional concreto de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y, en ese sentido, de la administración que encabeza la gobernadora Tere Jiménez. Invertir en la formación continua de las corporaciones policiales es, con base en la evidencia académica y en los estándares de organismos como la CIDH y la ONU, una política pública razonable y necesaria para mejorar la capacidad de respuesta ante situaciones de alto riesgo y para acercar la actuación policial a los marcos legales vigentes en materia de uso de la fuerza y derechos humanos.

Sostener esa valoración positiva, sin embargo, no exige renunciar al rigor: los indicadores delictivos y de percepción ciudadana disponibles muestran un panorama de seguridad en Aguascalientes que, si bien registra mejoras frente a 2019, continúa entre los más desafiantes del país, y no existe evidencia pública que permita medir el impacto operativo específico de esta capacitación. La profesionalización policial merece reconocerse como una inversión de largo plazo; la responsabilidad editorial exige, al mismo tiempo, seguir pidiendo a la autoridad estatal los indicadores que permitan comprobar, con el tiempo, si esa inversión se traduce en mejores condiciones de seguridad para la ciudadanía.

Referencias

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2009). Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos (OEA/Ser.L/V/II. Doc. 57). Organización de los Estados Americanos. https://cidh.oas.org/pdf%20files/SEGURIDAD%20CIUDADANA%202009%20ESP.pdf

Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia. (2025). Índice delictivo estatal e incidencia delictiva de alto impacto: enero de 2025. https://consejociudadanomx.org/media/pdf/11/DISI%20Ejecutivo%20Enero%202025%20WEB.pdf

Gobierno del Estado de Aguascalientes. (2024, 22 de julio). Grupo de Operaciones Especiales (GOPES), de los mejores en su tipo a nivel nacional. InformacionAgs. https://informacion.aguascalientes.gob.mx/news/grupo-de-operaciones-especiales-(gopes),-de-los-mejores-en-su-tipo-a-nivel-nacional

Gobierno del Estado de Aguascalientes. (2026, 9 de julio). Integrantes del Grupo de Operaciones Especiales destacan en capacitación de la Secretaría de Marina. InformacionAgs. https://informacion.aguascalientes.gob.mx/news/integrantes-del-grupo-de-operaciones-especiales-destacan-en-capacitaci%C3%B3n-de-la-secretar%C3%ADa-de-marina

Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2026). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), primer trimestre de 2026 [Boletín de prensa]. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2026/ensu/ENSU2026_04_RR.pdf

Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza [LNUF]. Diario Oficial de la Federación, 27 de mayo de 2019 (última reforma publicada el 24 de enero de 2024). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNUF.pdf

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. (2015, 12 de noviembre). Funcionarios y especialistas de América Latina analizan avances y desafíos de la función policial en relación al cumplimiento de los derechos humanos. https://www.oacnudh.org/funcionarios-y-especialistas-de-america-latina-analizan-avances-y-desafios-de-la-funcion-policial-en-relacion-al-cumplimiento-de-los-derechos-humanos/

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito & Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (s.f.). Manual de referencia sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego. https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/UNODC_OHCHR_Manual_de_referencia_sobre_el_uso_de_la_fuerza_y_las_armas_de_fuego.pdf

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos [WOLA]. (s.f.). Capacitación policial. https://www.wola.org/sites/default/files/downloadable/Citizen%20Security/past/police%20training%20formatted–sp.pdf

Secretaría de Gobernación, Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración. (2024). Informe sobre el uso de la fuerza y derechos humanos. https://estrategiasddhh.segob.gob.mx/work/models/EstrategiasDDHH/Documentos/pdf/GruposRiesgo/Informe_sobre_el_Uso_de_la_Fuerza_y_Derechos_Humanos.pdf

Gobierno del Estado de Aguascalientes

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