Ella tenía 21 años. La reforma panista, ocho meses
Una joven murió desangrada esta madrugada en Lomas de Vistabella. No murió porque no hubiera ley. Murió porque la ley que había fue desmantelada.
LOS HECHOS SEGÚN RFInforma (11 de mayo de 2026):
Una joven de 21 años fue localizada sin vida cerca de las 00:20 horas del lunes en la calle Anaranjado, fraccionamiento Lomas de Vistabella, Aguascalientes. Su pareja llamó al 911 tras encontrarla inconsciente. Paramédicos confirmaron que ya no tenía signos vitales. En el lugar fue localizado un producto no llevado a término. El esposo declaró que la joven se habría practicado el aborto por su cuenta. La Fiscalía General del Estado inició las investigaciones correspondientes.
NOTA EDITORIAL: Esta columna trabaja con la versión publicada por RFInforma como único medio que reportó el caso al cierre de esta edición. Los hechos están sujetos a verificación por parte de la Fiscalía. El análisis que sigue se construye sobre el marco jurídico e institucional documentado, no sobre la reconstrucción del caso particular

Lo que pasó esta madrugada
A las doce y veinte de esta mañana, alguien marcó el 911 en Lomas de Vistabella. Una mujer de veintiún años yacía inconsciente dentro de su casa. Cuando llegaron los paramédicos ya no había nada que hacer. Murió desangrada. Tenía veintiún años y, según las primeras declaraciones, intentó interrumpir su embarazo sola.
No sé su nombre. La nota de RFInforma tampoco lo da. Lo que sí sé, lo que esta columna lleva seis entregas documentando con rigor académico, es que no es la primera. No es la primera en esta ciudad, no es la primera en este país, y no es la primera en la historia. La historia del aborto clandestino es, desde Roma hasta Aguascalientes 2026, la historia de lo que le pasa a las mujeres cuando el Estado les niega acceso seguro y las empuja a la clandestinidad.
Esta mañana esa historia se repitió. A ocho meses de la reforma que el Congreso de Aguascalientes aprobó en agosto de 2024 para reducir el plazo legal de doce a seis semanas, desacatando una sentencia firme de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La reforma que la mató — aunque nadie firmó esa orden
En agosto de 2024, diecinueve diputados del PAN en el Congreso de Aguascalientes votaron a favor de reducir de doce a seis semanas el plazo para la interrupción legal del embarazo. Lo hicieron en una sesión custodiada por policías antimotines, mientras organizaciones feministas protestaban en el exterior. Lo hicieron desacatando la sentencia del Amparo en Revisión AR 79/2023 de la Primera Sala de la SCJN, que declaró inconstitucional la prohibición del aborto en Aguascalientes y ordenó ofrecer el servicio.
Eso ya era grave. Pero el paquete de reformas incluía algo más, que en su momento quedó sepultado entre los encabezados sobre las semanas de gestación: la eliminación de la fracción del Código Penal que eximía de responsabilidad penal el aborto cuando la vida de la madre estaba en riesgo. Leyeron bien. A partir de esa reforma, en Aguascalientes no existe en el texto legal la exención explícita para el aborto terapéutico urgente.
La lógica que utilizaron los legisladores para justificar esta eliminación es que, según su interpretación, si un médico realiza un procedimiento para salvar la vida de la mujer y como consecuencia indirecta el feto muere, no existe «dolo» (intención de cometer un delito), sino una intervención médica necesaria. Argumentaron que esto queda cubierto por criterios generales de medicina y otras figuras jurídicas como el «estado de necesidad», por lo que consideraron que la mención explícita era redundante. La eliminación del texto legal explícito ha generado una gran incertidumbre jurídica.
Y hay una tercera pieza del rompecabezas, también aprobada en ese paquete y también poco comentada: la reforma exige que al menos dos trabajadores de salud certifiquen que un aborto espontáneo fue involuntario. Es decir, la mujer que pierde un embarazo de manera natural tiene que probar ante dos profesionales de la salud que no se lo provocó. La carga de la prueba de la inocencia pesa sobre el cuerpo de la mujer que acaba de perder a su hijo. La presunción de inocencia no existe aquí.
«La criminalización del aborto no reduce el número de abortos, solo los hace más peligrosos. La historia y la evidencia internacional son claras: cuando el aborto es ilegal o está severamente restringido, las mujeres recurren a métodos clandestinos, poniendo en peligro sus vidas.»
IPAS México / Pronunciamiento ante la reducción del plazo para la ILE en Aguascalientes, agosto 2024
Eso no es ideología. Es estadística. La Organización Mundial de la Salud estima que mueren alrededor de 47 mil mujeres al año en el mundo por abortos inseguros. Todas esas muertes son prevenibles. La de esta mañana también.
Seis semanas: el plazo que no existe
Conviene explicar con precisión qué significa el límite de seis semanas para quienes no están familiarizados con la biología reproductiva básica, porque el debate político tiende a oscurecerlo.
Las seis semanas de gestación se cuentan desde el primer día de la última menstruación, no desde la concepción. En términos prácticos, significa que cuando una mujer tiene un retraso de dos semanas, el primer indicio habitual de un embarazo, ya está en semana cuatro o cinco de gestación. Le quedan entre siete y catorce días para detectar el embarazo, conseguir una cita, sortear las barreras del sistema de salud público, y llegar dentro del plazo. Si su ciclo es irregular, si es adolescente y su menstruación es reciente e impredecible, si trabaja, si no tiene transporte, si el médico de turno invoca la objeción de conciencia, que en Aguascalientes tiene documentada historia de obstaculización, el plazo ya venció.
No es exageración. Es lo que documentan las organizaciones de derechos reproductivos que trabajan en el estado. Morras Help Morras, la colectiva feminista con base en Aguascalientes ha registrado sistemáticamente los casos de mujeres que no consiguen atención dentro de los plazos legales y terminan buscando alternativas. Esas alternativas tienen nombre: clandestinidad. Y la clandestinidad tiene consecuencias: hemorragias, infecciones, perforaciones uterinas, muerte.
La joven de veintiún años de esta madrugada tal vez estaba fuera del plazo. Tal vez no sabía del plazo. Tal vez sabía, y sabía también que el sistema público no iba a atenderla. No lo sabemos. Lo que sí sabemos es que decidió actuar sola, en su casa, en la madrugada, sin atención médica. Y eso, la soledad de esa decisión, la oscuridad de esa madrugada es exactamente lo que produce la ley que el PAN le regaló a Aguascalientes en agosto de 2024.
Lo que dice la Fiscalía y lo que no dice
La Fiscalía General del Estado inició investigaciones. El esposo fue llevado a declarar. Hay un cuerpo y hay una carpeta de investigación abierta.
Conviene leer ese dato con cuidado, porque en Aguascalientes la Fiscalía tiene una historia específica con el aborto que no es neutra. En los últimos cinco años, la Fiscalía inició 70 carpetas de investigación por aborto en el estado. En ese conteo institucional, la Fiscalía clasifica como víctimas a los productos de la concepción, no a las mujeres. En 2024, se abrieron 15 carpetas. En 2025, 13 más, con diez de ellas en la capital.
Dicho de otra manera: en Aguascalientes existe un aparato institucional activo de persecución penal del aborto. Ese aparato está diseñado para investigar a las mujeres y a quienes las ayuden como responsables de un delito. Una mujer que muere tras un aborto clandestino no activa automáticamente el protocolo de víctima de violencia institucional. Activa el protocolo de investigación de un delito del que ella misma habría sido autora.
Eso importa porque define cómo se cuenta esta historia. Si la narrativa que prevalece es la de nota roja, mujer muerta tras aborto clandestino, esposo a declarar, el análisis queda enterrado bajo el morbo. Si la narrativa que prevalece es la política, la pregunta cambia: ¿qué condiciones institucionales produjeron esta muerte?
«De 2020 a 2023, en Aguascalientes se abrieron un total de 40 investigaciones contra mujeres por el delito de aborto. La tendencia de punibilidad parece no cesar en la entidad hidrocálida.»
Cimacnoticias, octubre 2024
Historia de una constante: lo que Duby y Perrot llevan seis tomos diciendo
Esta columna ha dedicado varios editoriales a recorrer la historia del aborto a través de los cinco tomos de la Historia de las Mujeres en Occidente de Georges Duby y Michelle Perrot. Desde el Imperio romano hasta el siglo XX. Y la conclusión que emergió de ese recorrido no fue ideológica sino empírica: en ningún período histórico, en ninguna civilización occidental, la prohibición del aborto lo suprimió. Lo volvió más peligroso. Lo empujó a la clandestinidad. Mató a las más pobres, a las más jóvenes, a las que menos red de protección tenían. Las ricas encontraron la manera de todas formas.
En el tomo del siglo XIX, el historiador Angus McLaren documentó que la legislación penal francesa de 1920, que criminalizó el aborto con dureza no redujo los abortos en Francia. Los estimaba en no menos de cien mil anuales. Lo que sí logró es que quienes practicaban abortos clandestinos dejaran morir a las mujeres para no ser denunciados. La ley no salvó vidas. Produjo muertes silenciosas que nadie contabilizaba.
El tomo del siglo XX cerró la serie con la constatación más dura: los regímenes que con mayor fiereza reprimieron el aborto en el siglo pasado fueron el fascismo italiano, el nazismo, el estalinismo y el gobierno de Vichy, que en 1943 guillotinó a una mujer por practicarlos. Esos regímenes tenían en común que el cuerpo de la mujer era un recurso del Estado, no un territorio de la persona. La restricción del aborto era, en todos ellos, una política de control poblacional disfrazada de moral.
No estoy equiparando al PAN con el nazismo. Eso sería deshonesto y además innecesario. Lo que sí estoy diciendo es que la lógica que subyace a criminalizar el aborto, que el Estado tiene autoridad sobre el cuerpo reproductivo de las mujeres y que esa autoridad puede ejercerse aunque las mujeres mueran no es nueva, no es cristiana en exclusiva, y no ha funcionado nunca en los términos en que sus defensores la presentan.
Que lo sepa la historia.
La reforma que redujo el plazo de doce a seis semanas fue enviada al Congreso por la gobernadora del Estado. Fue su iniciativa. Fue su victoria política ante los grupos conservadores que amenazaban con retirar su voto al PAN si no se revertía la despenalización ordenada por la Suprema Corte. El Congreso la aprobó el 28 de agosto de 2024 con 19 votos a favor. Seguramente no estaba en los planes de ninguno de ellas y ellos que alguien muriera, pero prefirieron la decisión política sin consultar toda la bibliografía histórica referente al caso del aborto.
Esa decisión tiene consecuencias. Una de ellas amaneció hoy en la calle Anaranjado de Lomas de Vistabella, con 21 años y sin nombre público. Nadie firmó una orden de ejecución. Nadie quiso que esa joven muriera. Pero el sistema que la empujó a tomar esa decisión sola, en la madrugada, sin atención médica, fue construido deliberadamente por personas que tienen nombre y cargo y que tomaron decisiones que tenían consecuencias previsibles.
La Organización Mundial de la Salud, la Suprema Corte de la Nación, las organizaciones de salud reproductiva más serias del país advirtieron cuáles serían esas consecuencias. No en términos abstractos. En términos de muertes de mujeres concretas, de veintiún años, en fraccionamientos de clase media de Aguascalientes, a la madrugada.
Las advertencias no fueron escuchadas, o fueron escuchadas y desestimadas. En cualquier caso, el resultado es el mismo: una muerte que era prevenible y que no fue prevenida.
Lo que esta columna exige
No es complicado. No requiere de grandes reformas constitucionales ni de acuerdos políticos difíciles. Requiere que el Congreso de Aguascalientes revierta la reforma del 28 de agosto de 2024 y restablezca el plazo de doce semanas que la Suprema Corte ordenó. Requiere que la Fiscalía General del Estado deje de contar fetos como víctimas y empiece a contar mujeres muertas como lo que son: consecuencias de una política pública fallida. Requiere que el sistema de salud del Estado garantice sin obstáculos el acceso a la interrupción del embarazo dentro de los plazos legales vigentes, sin objeción de conciencia institucional.
Y requiere que quien tomó la decisión de empujar esta reforma asuma su responsabilidad política. No penal. No judicial. Política. La diferencia entre los regímenes que esta columna ha documentado a lo largo de seis entregas históricas y una democracia es precisamente esa: que en democracia las decisiones tienen responsables que pueden ser nombrados, cuestionados y removidos.
El nombre de la joven que murió esta madrugada en Lomas de Vistabella no lo sabemos. El nombre de los diputados que aprobaron la ley que la dejó sin opciones sí lo sabemos. Ambos deberían quedar registrados juntos en la historia de lo que pasó en Aguascalientes en 2026.
Referencias y fuentes
Congreso del Estado de Aguascalientes. (2024, agosto 28). Decreto Número 804. Reforma al Código Penal del Estado de Aguascalientes. Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tomo LXXXVI, Núm. 60, 23 de septiembre de 2024.
Cimacnoticias. (2024, octubre 25). Piden alerta por violencia de género en Aguascalientes: derribarían reforma que limita aborto a 6 semanas. https://cimacnoticias.com.mx
Duby, G. y Perrot, M. (Dirs.). (1993). Historia de las Mujeres en Occidente. Tomo 4: El siglo XIX. Madrid: Taurus.
Duby, G. y Perrot, M. (Dirs.). (1993). Historia de las Mujeres en Occidente. Tomo 5: El siglo XX. Madrid: Taurus.
Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). (2025, enero). La corte despenaliza el aborto en Aguascalientes. https://gire.org.mx
Infobae México. (2024, agosto 28). Estas serán las sanciones en caso de abortar después de las 6 semanas en Aguascalientes. https://infobae.com
IPAS México. (2024, agosto 29). Pronunciamiento de repudio ante la reducción del plazo para la Interrupción Legal del Embarazo en Aguascalientes. https://ipasmexico.org
Morras Help Morras. (2026, enero). Informe ante la Secretaría del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre la penalización de facto del aborto en Aguascalientes. https://tbinternet.ohchr.org
Noticias Nmas. (2024, agosto 28). Aborto Aguascalientes: Congreso reduce a 6 semanas límite para interrupción voluntaria. https://nmas.com.mx
Organización Mundial de la Salud (OMS). (2022). Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud (3.ª ed.). Ginebra: OMS.
Proceso. (2024, agosto 28). Congreso de Aguascalientes reduce a 6 semanas el plazo para el aborto legal. https://proceso.com.mx
RFInforma. (2026, mayo 11). Mujer de 21 años muere desangrada tras presunto aborto clandestino. Aguascalientes: RFInforma.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2023, agosto 30). Sentencia. Amparo en Revisión 79/2023. Primera Sala. Ponente: Ministro Juan Luis Alcántara Carrancá.
BI Noticias. (2026, enero 2). En los últimos cinco años, Fiscalía inició 70 carpetas de investigación por aborto en Aguascalientes; solo siete fueron vinculadas a proceso. https://binoticias.com

