De la guillotina a la ley: el aborto en el siglo XX, de las dictaduras al movimiento feminista

De la guillotina a la ley: el aborto en el siglo XX, de las dictaduras al movimiento feminista

El último tomo de Duby y Perrot recorre el siglo en que el aborto pasó de ser delito de Estado bajo el fascismo, el nazismo y el estalinismo, a convertirse en derecho conquistado por el movimiento feminista. En medio: la píldora, las autoincriminaciones colectivas y la pregunta que sigue sin respuesta.

El siglo que convirtió el aborto en asunto de Estado

Cuando el tomo del siglo XX de Duby y Perrot describe la política demográfica de los regímenes autoritarios del período de entreguerras, lo hace con una observación que sitúa el problema en su eje correcto: la represión del aborto en el siglo XX no fue, en sus manifestaciones más extremas, una política religiosa. Fue una política de Estado racialmente motivada. Lo que cambia entre el siglo XIX y el XX es que el control sobre el cuerpo reproductivo de las mujeres deja de ser asunto de confesores y juristas para convertirse en instrumento de los grandes proyectos nacionales: la recuperación demográfica tras la guerra, la construcción del hombre nuevo soviético, la pureza racial nazi, el Imperio italiano.

La Iglesia Católica aparece en este tomo, como en los anteriores, como uno de varios actores que compiten y a veces convergen en ese proyecto de control, pero no como el único ni siempre el más eficaz. En Italia, las «severas admoniciones de la Iglesia Católica contra la ‘zootecnia que se aplicaba a la especie humana‘» reforzaron la posición del régimen fascista. En Francia, la «influencia de la Iglesia católica en un país laico» pesó sobre los políticos que no se atrevieron a abolir las leyes represivas ni siquiera durante el Frente Popular. En la URSS, la Iglesia no tenía ningún papel formal, y sin embargo la prohibición del aborto fue idéntica en estructura a la de los regímenes que ella sí sostenía.

Esa convergencia entre ideologías opuestas, el fascismo, el estalinismo, el catolicismo conservador en el punto exacto de la prohibición del aborto es uno de los datos más incómodos que el tomo pone sobre la mesa, y también uno de los más necesarios para el debate contemporáneo.

Francia 1920: la ley que criminalizó todo y no cambió nada

La primera gran ofensiva legislativa del siglo XX contra el aborto y la anticoncepción en Europa occidental fue la francesa. En julio de 1920, con el trauma demográfico de la Gran Guerra todavía fresco, Francia aprobó una ley que prohibía toda propaganda anticonceptiva. El aborto, que hasta entonces se juzgaba en el ámbito civil, donde los jurados populares absolvían al 80 por ciento de las acusadas, fue trasladado al ámbito criminal, con la esperanza de que los jueces profesionales fueran más severos.

El resultado, documentado con precisión en el tomo, fue revelador. Las absoluciones cayeron del 80 al 19 por ciento en los procesos que llegaron a juicio. Pero los procesos que llegaban a juicio eran una fracción ínfima de los abortos que se practicaban. El libro estima que los abortos reales en Francia no estarían por debajo de los cien mil anuales. La ley era, en términos de su objetivo declarado, papel mojado:

«La represión del aborto es una gota de agua en comparación con la cantidad de abortos reales, que no estarían por debajo de los 100.000 anuales. Por último, este clima represivo, moralizador y poblacionista, no ha impedido la caída de la natalidad, que en los años treinta alcanza su nivel más bajo, al extremo de que los fallecimientos pueden superar a los nacimientos.»

En Duby y Perrot, 1993, p. 103

Había algo más. El aborto siguió siendo, durante este período, un «problema de mujeres» que funcionaba al margen del control masculino. El libro cita la conclusión de Angus McLaren, que ve en ello incluso «la expresión de un feminismo en la vida cotidiana«: las mujeres resistían a las presiones políticas, sanitarias y sociales para preservar su libertad de apreciación, dejando a veces a los maridos «absolutamente al margen, en total ignorancia de sus actos«. La ley que pretendía suprimir el aborto lo había invisibilizado aún más.

Vichy: guillotina para la que ayudaba a abortar

La ocupación nazi y el régimen de Vichy escalaron la represión hasta un punto que en el debate contemporáneo se menciona raramente. Entre 1942 y 1944, el Estado francés dictó cerca de cuatro mil condenas anuales por aborto —no a las mujeres que abortaban sino a quienes las ayudaban, calificados como «individuos peligrosos«, «culpables de actos susceptibles de perjudicar al pueblo francés«.

El caso más extremo ocurrió en 1943. Una mujer que había practicado abortos fue guillotinada. El tomo lo registra con una frase que no necesita amplificación: «para dar ejemplo, el gobierno de Vichy se enfrentó a la tradición no escrita que evitaba la aplicación de la pena capital a las mujeres». La tradición de no ejecutar mujeres, que había sobrevivido siglos de legislación penal, fue suspendida por el régimen colaboracionista en nombre de la política reproductiva. El cuerpo de esa mujer sin nombre cuya historia registra el libro como dato estadístico es el punto más bajo de esta serie.

El paralelo con la Alemania nazi es ilustrativo, aunque diferente en sus mecanismos. El régimen nacionalsocialista practicó simultáneamente el pronatalismo para las mujeres alemanas «racialmente puras» y el antinatalismo eugenésico para todos los demás: esterilizó por la fuerza a 400 mil personas, toleró y en algunos casos forzó abortos por razones eugenésicas, y al mismo tiempo introdujo la pena de muerte para los médicos del Este europeo que practicaran abortos en mujeres alemanas. La misma operación quirúrgica era crimen o deber dependiendo del origen racial de la mujer sobre cuyo cuerpo se realizaba.

La URSS: el experimento que falló dos veces

La Unión Soviética fue el primer Estado moderno en legalizar el aborto, en 1920, como parte del proyecto revolucionario de emancipación femenina. El tomo documenta el experimento con detalle y sin nostalgia. La legalización abrió una válvula que la ausencia de anticonceptivos y las condiciones materiales de la vida soviética convirtieron pronto en la principal forma de planificación familiar: en 1928, los abortos superaban en un uno y medio por ciento a los nacimientos; en 1934 en Moscú, había tres abortos por cada nacimiento.

En 1936, Stalin prohibió el aborto. El texto soviético que el libro cita como parte del proceso es una de las piezas más reveladoras de toda la serie en cuanto a la retórica que rodea estas prohibiciones:

«El aborto que destruye la vida es inadmisible en nuestro país. La mujer soviética tiene los mismos derechos que el hombre, pero eso no la exime del grande y noble deber que la naturaleza le ha asignado: es madre, da la vida.»

Stalin, en Troud, abril de 1936, citado en Duby y Perrot, 1993, p. 221

La frase merece detenerse. Stalin invoca la igualdad de derechos entre hombres y mujeres para justificar una obligación que recae exclusivamente sobre las mujeres. Es la misma estructura lógica que aparece en el discurso antiaborto contemporáneo cuando afirma que defender la vida del feto es también defender a la mujer. La consecuencia de la prohibición fue la que el libro documenta con sobriedad: las mujeres continuaron abortando, clandestinamente, con todos los riesgos que eso implicaba.

La encuesta de 1927 en Moscú que el libro cita es también significativa: el 71 por ciento de las mujeres que abortaban alegaban sus condiciones de vida, el 22 por ciento la inestabilidad sentimental. Solo el 6 por ciento rechazaba la maternidad como tal. Las mujeres no abortaban por indiferencia hacia los hijos. Abortaban porque no podían sostenerlos. Cuando en 1955, tras la muerte de Stalin, el aborto volvió a legalizarse sin restricciones, el resultado fue que «una mujer de treinta años podía haber sufrido ya de cinco a siete abortos»: consecuencia directa de décadas de ausencia de anticoncepción accesible.

La píldora: el primer método de iniciativa femenina anticipada

El tomo identifica la aparición de la píldora anticonceptiva como una ruptura tecnológica de primer orden en la historia de la reproducción, y lo hace con una precisión conceptual que vale la pena reproducir. Lo que distingue a la píldora y al DIU de todos los métodos anteriores no es solo su mayor fiabilidad, sino su estructura temporal: son métodos de «iniciativa femenina anticipada o ‘premeditada'», que permiten a las mujeres decidir de antemano el carácter potencialmente fecundante de sus relaciones sexuales durante un período dado.

La implicación es directa: por primera vez en la historia de la humanidad, los hombres no pueden exponer a las mujeres contra su voluntad al riesgo del embarazo. El propio deseo de paternidad se vuelve tributario de la voluntad de maternidad de la pareja. El libro lo dice con una claridad infrecuente:

«Cuando las mujeres utilizan estos métodos, los hombres, por primera vez en la historia de la humanidad, ya no pueden exponerlas contra su voluntad al riesgo del embarazo, y su propio deseo de paternidad se vuelve así tributario de la voluntad de maternidad de sus parejas.»

En Duby y Perrot, 1993, p. 361

Es un enunciado que tiene consecuencias para el debate sobre la anticoncepción y el aborto que la Iglesia Católica lleva décadas evitando abordar de frente. La Humanae Vitae de Pablo VI (1968) reafirmó la prohibición de la anticoncepción artificial precisamente en el momento en que la píldora hacía posible, por primera vez en la historia, que las mujeres tuvieran control real sobre su fertilidad. Negarles ese control después de que por fin era técnicamente accesible no era mantener una doctrina milenaria: era intervenir activamente para preservar una relación de poder que la tecnología estaba poniendo en cuestión.

Las campañas feministas: del aborto clandestino a la autoincriminación pública

El movimiento feminista de los años sesenta y setenta convirtió el aborto en la demanda política central por una razón que el tomo formula con exactitud: las «políticas corporales«, el control sobre el propio cuerpo, eran el nudo donde se articulaban todos los demás problemas de desigualdad. La enajenación del cuerpo propio era, según el influyente manual Nuestro Cuerpo, Nuestro Yo del Women’s Healthbook Collective de Boston, indistinguible de la enajenación del yo.

La estrategia que produjeron fue inédita: la autoincriminación colectiva. En 1971, trescientas setenta y cinco mujeres alemanas declararon en la revista Stern que habían interrumpido voluntariamente sus embarazos. La movilización que siguió terminó con 86 mil 500 firmas y 3 mil autoincriminaciones presentadas ante el Ministerio Federal de Justicia. Ese mismo año, 343 francesas firmaban un manifiesto equivalente. Dos años después, 345 médicos franceses declaraban haber practicado abortos. En 1972, el juicio contra Michèle Chevalier, de dieciséis años, acusada de aborto ilegal tras haber sido violada por un compañero se convirtió en un proceso político con resonancia continental.

El tomo documenta también que el movimiento feminista no era unánime en su evaluación del aborto como conquista. Algunas voces planteaban que la liberalización sólo podía servir para reforzar los privilegios masculinos:
«La mujer se pregunta: ‘¿Para placer de quién he quedado yo embarazada? ¿Para placer de quién aborto yo?’ Estos interrogantes contienen las semillas de nuestra liberación: al formularlos, las mujeres abandonan su identificación con los hombres y encuentran la fuerza necesaria para romper un silencio cómplice que es la coronación de nuestra colonización.»
Feminista italiana citada en Duby y Perrot, 1993, p. 454

Feminista italiana citada en Duby y Perrot, 1993, p. 454

No era un argumento contra la legalización. Era una advertencia sobre sus límites: que el derecho al aborto, sin transformar las relaciones de poder que producen los embarazos no deseados, podría convertirse en una comodidad para los hombres más que en una liberación para las mujeres. La tensión entre esas dos lecturas, lejos de resolverse, sigue activa.

Las leyes de despenalización: Gran Bretaña (1967), Francia (1975), Alemania (1974)

Entre 1967 y 1975, tres países de Europa occidental legalizaron o despenalizaron significativamente el aborto. El tomo recorre ese proceso para cada uno, y lo que emerge es un patrón: en todos los casos, la legalización llegó después de que la práctica se había vuelto masiva e imposible de reprimir, después de que las campañas feministas habían reencuadrado públicamente el debate, y en todos los casos con limitaciones que reflejaban los compromisos políticos necesarios para hacer pasar la legislación.

En Gran Bretaña, la Abortion Act de 1967 fue el resultado de dos décadas de acumulación: las clínicas del birth-control de los años veinte y treinta, la resolución judicial de 1938 que autorizó el aborto en caso de grave daño físico o mental, la creación de la Abortion Law Reform Association en 1936. En Francia, la ley Veil de 1975 llegó después de los manifiestos colectivos, del proceso Chevalier, de las clínicas abortistas ilegales del MLAC, y de la constatación de que más de cien mil abortos anuales se practicaban de todas formas. En Alemania, la legislación de 1974 garantizó el aborto libre durante los tres primeros meses, pero fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que la declaró incompatible con la protección de la vida y obligó al Bundestag a aprobar una versión más restrictiva.

El tomo señala una constante en todos esos procesos: las mujeres que encabezaron o protagonizaron las reformas. El libro de apertura del tomo nombra tres figuras en un mismo párrafo: Alexandra Kollontai, que en la URSS legalizó el aborto en 1920; Federica Montseny, que como ministra anarquista en la España republicana lo hizo en 1936; y Simone Veil, que como ministra de Salud del gobierno Giscard d’Estaing llevó la ley al Parlamento francés en 1975 y la defendió en un debate que el propio tomo describe como uno de los momentos políticos más significativos del siglo para la autonomía de las mujeres.

La síntesis del siglo: lo que el tomo dice y lo que no dice

El tomo del siglo XX de Duby y Perrot no termina con una declaración de victoria. Es demasiado honesto para eso. Lo que documenta es una profunda transformación de las condiciones materiales y jurídicas de la vida reproductiva de las mujeres en Occidente: la anticoncepción moderna, las leyes de despenalización, la reducción del tiempo de la vida dedicado a la gestación de décadas a meses. Y al mismo tiempo, las persistencias: la doble jornada, la violencia doméstica, los embarazos no deseados, los abortos clandestinos donde la ley sigue prohibiéndolos.

Para la serie que esta columna ha construido a lo largo de cinco entregas, el tomo del siglo XX es el que permite ver con mayor claridad la línea de continuidad que recorre los dos milenios anteriores. En Roma, el aborto era práctica normalizada cuya represión recaía sobre quien administraba la poción, no sobre la mujer. En la Edad Media, el confesionario condenaba pero la práctica persistía. En el Renacimiento, los médicos defendían el aborto terapéutico frente a los casuistas jesuitas. En el siglo XIX, las campañas de criminalización fueron proyectos corporativos médicos más que eclesiásticos. En el siglo XX, los regímenes más brutales de la historia moderna, el nazismo, el estalinismo, el fascismo, Vichy, usaron el control del aborto como instrumento de dominación racial y nacional.

Lo que ninguno de esos sistemas consiguió, en ningún siglo, es lo que la historia documenta con insistencia monótona: suprimir la práctica. Las mujeres siguieron abortando. Con riesgo de muerte, con plantas tóxicas, con agujas de tejer, con inyecciones intrauterinas, con redes de solidaridad que los sistemas de control nunca pudieron penetrar completamente. No porque fueran inmorales o irresponsables. Porque sus razones, la pobreza, la violencia, la falta de anticoncepción, los embarazos impuestos no desaparecían con los edictos.

Ese es el dato fundamental que la historia de los cinco tomos de Duby y Perrot deja sobre la mesa. No como argumento a favor de ninguna posición en el debate contemporáneo. Como hecho.

Cierre de la serie: cinco entregas, dos mil años, una pregunta

Esta serie comenzó con el mundo romano de Aline Rousselle, donde el aborto era práctica normalizada y la represión legal recaía sobre quien administraba la poción, no sobre quien la recibía. Terminó en el siglo XX donde, después de la guillotina de Vichy, la prohibición estalinista y los abortos eugenésicos nazis, el movimiento feminista construyó las condiciones políticas para las primeras leyes de despenalización en Europa Occidental.

Lo que la serie ha documentado, a partir de fuentes históricas primarias de primer nivel académico, no es que el aborto sea moral o inmoral, legal o ilegal por naturaleza. Es algo más incómodo: que la historia de su prohibición es la historia de los intereses que se sirven de esa prohibición. Intereses patrimoniales en el mundo romano. Intereses de control moral y social en la Edad Media. Intereses corporativos médicos en el siglo XIX. Intereses de pureza racial y expansión imperial en el siglo XX. La doctrina eclesiástica ha sido uno de esos intereses, con una continuidad y una presencia que las otras entregas documentaron. Pero sólo uno.

En el Aguascalientes del año 2026, cuando el obispo de la diócesis interviene públicamente contra los servicios de interrupción legal del embarazo en el IMSS, invoca una tradición. Los cinco tomos de Duby y Perrot permiten responder a esa invocación con precisión: ¿qué tradición?, ¿la de los penitenciales medievales que distinguían feto animado de inanimado?, ¿la de los obstetras del siglo XVII que defendían a la madre frente a los casuistas jesuitas?, ¿la de los regímenes que en el siglo XX hicieron del control del útero una política de Estado?, ¿o la de las mujeres que en todos los siglos, frente a todos esos sistemas, siguieron buscando la manera de decidir sobre sus propios cuerpos?

La historia no resuelve ese debate. Pero sí exige que se lo tenga con honestidad.

Referencias

Duby, G. y Perrot, M. (Dirs.). (1993). Historia de las Mujeres en Occidente. Tomo 5: El siglo XX. Madrid: Taurus. [Capítulos de Françoise Thébaud, Gisela Bock, Françoise Navailh, Geneviève Fraisse, Karen Offen y otros.]

Beauvoir, S. de. (1949). El segundo sexo. Buenos Aires: Siglo Veinte.

Bock, G. (1991). Antinatalism, maternity and paternity in National Socialist racism. En Maternity and gender policies: Women and the rise of the European welfare states, 1880s-1950s (pp. 233-255). Londres: Routledge.

Gordon, L. (1976). Woman’s body, woman’s right: A social history of birth control in America. Nueva York: Grossman Publishers.

McLaren, A. (1990). A history of contraception: From antiquity to the present day. Oxford: Blackwell.

Pablo VI. (1968, julio 25). Humanae Vitae. Ciudad del Vaticano: Libreria Editrice Vaticana. https://www.vatican.va/content/paul-vi/es/encyclicals/documents/hf_p-vi_enc_25071968_humanae-vitae.html

Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. (1974, noviembre 18). Declaración sobre el aborto provocado. Ciudad del Vaticano: Libreria Editrice Vaticana. https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_19741118_declaration-abortion_sp.html

Women’s Healthbook Collective. (1970). Our bodies, ourselves. Boston: New England Free Press. [Ed. española: Nuestro cuerpo, nuestro yo. Barcelona: Icaria, 1982].

Juan Pablo II. (1995, marzo 25). Evangelium Vitae. Ciudad del Vaticano: Libreria Editrice Vaticana. https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/encyclicals/documents/hf_jp-ii_enc_25031995_evangelium-vitae.html

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

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