Prohibir el nombre no borra la existencia: El Congreso de Aguascalientes contra el lenguaje inclusivo
El 12 de marzo de 2026, el Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó una reforma a la Ley de Educación que obliga a las escuelas a seguir la gramática y ortografía validadas por la Real Academia Española. En el recinto, la mayoría panista lo presentó como un asunto de “rigor académico”. Afuera, el Frente Nacional por la Familia aplaudió. Esa coincidencia vale más que cualquier discurso de tribuna: nos dice a qué agenda sirve la medida y a quiénes busca hacer desaparecer. Otra ideología disfrazada de neutralidad.
Hay que decirlo sin rodeos: esto no es política educativa. Es una operación de limpieza simbólica que usa la gramática como instrumento. Ningún estudiante de Aguascalientes va a mejorar su redacción porque el Congreso haya votado a favor de la RAE. Lo que cambia es otra cosa: el lenguaje oficial del estado dejará de tener palabras para nombrar a quienes no caben en la binariedad de los géneros. Y cuando el Estado deja de nombrarte, el mensaje es preciso aquí no existes.
«Cuando el Estado deja de nombrarte, el mensaje es preciso: aquí no existes.»
I. La colisión normativa que el PAN prefiere ignorar
Antes de hablar de lo que esta reforma hace, conviene hablar de lo que ya existe. La Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Aguascalientes, que sigue vigente porque nadie la derogó, establece en su artículo 37 que las autoridades del estado deben transversalizar la perspectiva de género en sus actuaciones y procurar el uso de un lenguaje no sexista en sus documentos oficiales. Eso no cambió ayer. La reforma aprobada no tocó ese artículo, no lo derogó, no lo modificó. Lo que hizo fue crear una contradicción interna en el propio sistema jurídico de Aguascalientes: una ley exige lenguaje no sexista, la otra ordena atenerse a la RAE, institución que ha rechazado con consistencia las formas no binarias.
Todo ordenamiento jurídico puede tolerar ambigüedades, pero no puede ordenar y prohibir lo mismo sin que alguna de las dos normas tenga que ceder. La pregunta que el bloque panista no quiso responder durante el debate es cuál cede. La respuesta la dieron con su voto: cede la protección de las infancias trans y de género diverso. Se queda la RAE. Eso no es un error técnico de redacción legislativa. Es una elección. Y como elección debe ser analizada, cuestionada e impugnada.
II. El PAN legislativo actual y su propia contradicción
Hay algo que los diputados que votaron esta reforma no podrán explicar con comodidad: sus propias leyes usan lenguaje inclusivo. La expresión «niñas, niños y adolescentes» de forma continua aparecen en decenas de veces en la legislación que ellos mismos han promovido, firmado y votado. Nombrar el género femenino de manera explícita junto al masculino, cuando la gramática tradicional da por supuesto que el masculino genérico los incluye a todos, es exactamente el ejercicio de visibilización que el lenguaje inclusivo propone. El INMUJERES lo documenta así. Los manuales de uso no sexista del lenguaje lo reconocen. La reforma, en cambio, lo prohíbe.
El PAN aprobó, en pocas palabras, una norma contra el lenguaje inclusivo redactada con lenguaje inclusivo. La incoherencia no es menor ni accidental: es la grieta por donde se cae todo el argumento pedagógico de la iniciativa.
A eso hay que añadir algo que el Frente Nacional por la Familia dijo sin querer en sus propios comunicados: que las iniciativas de lenguaje inclusivo que circulaban en el Congreso de Aguascalientes habían sido impulsadas tanto por Morena como por legisladores del PAN. El grupo que hoy celebra la reforma acusó, con nombres y partido, al mismo PAN de haber contribuido a crear el problema que ahora combate. Pocas veces un aliado deja en evidencia a otro con tanta precisión.
«El PAN aprobó una norma contra el lenguaje inclusivo redactada con lenguaje inclusivo.»
III. La RAE no es un árbitro neutral
El argumento que sostiene la reforma descansa en tratar a la Real Academia Española como una autoridad técnica, objetiva, sin historia ni posicionamiento ideológico. No funciona. La RAE es una institución con criterios propios, con resistencias documentadas y con un historial de posicionamientos que lingüistas, investigadoras feministas y organizaciones de derechos humanos han cuestionado ampliamente. Ha rechazado la «e» como morfema de género no marcado. Ha calificado de innecesario el lenguaje inclusivo. Ha mantenido, durante décadas, que el masculino genérico representa a todos.
Lo anterior documentado por el El Informe Bosque (2012): Titulado oficialmente «Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer», el académico Ignacio Bosque criticó duramente las guías de lenguaje no sexista de universidades y administraciones públicas, calificándolas de «insostenibles». Este informe marcó una postura de confrontación directa contra el activismo lingüístico. Aunado a lo anterior el Informe sobre el lenguaje inclusivo en la Constitución (2020): Solicitado por el Gobierno de España, la RAE concluyó que el texto de 1978 es «gramaticalmente impecable» y que el masculino genérico incluye a las mujeres. Esta postura fue vista como una negativa a reconocer a la mujer como sujeto político explícito en la ley fundamental.
Elegir a la RAE como árbitro del lenguaje en las aulas hidrocalidas no es un acto de neutralidad académica. Es una postura política. Se descarta, sin decirlo, a los centenares de lingüistas que han documentado el uso orgánico y creciente de formas no binarias en comunidades hispanohablantes reales. Se ignora que el lenguaje cambia porque las personas que lo hablan cambian, no porque una academia del siglo XVIII lo autorice.
El lenguaje no es propiedad de la RAE. Les pertenece a quienes lo hablan, a quienes lo necesitan para nombrarse. Eso vale para los estudiantes de secundaria en Aguascalientes tanto como para cualquier otro hablante.
IV. Los derechos fundamentales en juego
El problema constitucional de esta reforma es seria. El artículo 1° de la Constitución prohíbe la discriminación por razones de género o preferencia sexual. Los tratados internacionales ratificados por México —la Convención sobre los Derechos del Niño, los Principios de Yogyakarta, las observaciones del Comité de los Derechos del Niño— obligan al Estado a proteger la identidad de los menores, incluyendo su identidad de género.
Una reforma que convierte en zona de ambigüedad legal el uso de pronombres no binarios en el aula, que ordena a los maestros ceñirse al lenguaje binario sin importar a quién tienen enfrente, produce discriminación institucional. No intencional, quizá. No declarada, desde luego. Pero real y medible para el estudiante trans que escucha, a través de esa reforma, que el Estado no tiene palabras para ella, él, o para elle.
La discriminación institucional producida por el propio Estado tiene nombre en el derecho constitucional y tiene remedios jurídicos. El amparo es uno. La acción de inconstitucionalidad es otro. La pregunta que eventualmente alguien tendrá que responder ante un tribunal es la misma que el Congreso evitó: ¿en qué artículo de la Constitución mexicana se autoriza al Estado a borrar del lenguaje oficial la existencia de personas que ya existen?
«¿En qué artículo de la Constitución se autoriza al Estado a borrar del lenguaje oficial la existencia de personas que ya existen?»
V. Lo que ocurre en el autos cuando el Estado decide no nombrar
Chihuahua aprobó algo similar en octubre de 2025. En El Salvador y Argentina se han promovido medidas equivalentes. No es casualidad ni coincidencia regional: hay grupos con agendas coordinadas que han identificado el lenguaje escolar como un frente específico donde vale la pena dar la batalla cultural. La lógica no es difícil de seguir. Si el maestro no puede usar pronombres neutros ni terminaciones en «e» sin arriesgarse a una sanción administrativa, el estudiante trans o no binario entiende el mensaje sin que nadie se lo explique.
Ese mensaje no lo reciben los diputados que votaron la reforma. No lo recibe el Frente Nacional por la Familia que aplaudió desde las gradas. Lo recibe un adolescente de catorce años que ya carga con tasas de violencia, rechazo familiar y riesgo de suicidio significativamente más altas que las de sus compañeros. Para ese estudiante, esta reforma no es un debate sobre gramática. Es una señal del Estado sobre su lugar en el mundo —o sobre la ausencia de ese lugar.
Eso no es fortalecer el lenguaje educativo. Es abandonar a una parte de la infancia aguascalentense mientras se habla de ortografía.
Nombrar es un acto político
El lenguaje nunca ha sido inocente. Las palabras que usamos para nombrar el mundo determinan qué partes de él se consideran reales y cuáles no. Cuando el Congreso de Aguascalientes decide que la RAE es la única autoridad admisible sobre el idioma en las escuelas del estado, no resuelve un problema pedagógico. Toma partido en un conflicto sobre quiénes merecen ser nombrados.
La reforma es impugnable en términos normativos: contradice la propia ley local de derechos de la infancia, colisiona con el artículo 1° constitucional y desatiende compromisos internacionales que México firmó. Eso está sobre la mesa para quien quiera litigarla. Pero más allá del argumento jurídico hay algo que no admite tecnicismos: en una sociedad que se dice democrática, el Estado no tiene derecho a usar sus instituciones para hacerle invisible a ninguna persona.
El Congreso de Aguascalientes eligió hacer exactamente eso. Y los aplausos que se escucharon desde las gradas dijeron, sin necesidad de ningún neologismo, a qué mundo aspiran quienes celebraron la medida..

