La práctica de riesgo, no la orientación sexual

La práctica de riesgo, no la orientación sexual

La declaración del secretario Galaviz Tristán no es solo un error epidemiológico. Es una violación al marco jurídico que su propia dependencia está obligada a cumplir.

El secretario de Salud de Aguascalientes, Rubén Galaviz Tristán, declaró esta semana que los hombres adultos homosexuales representan el sector con mayor índice de contagios de VIH en la entidad. La declaración tiene respaldo estadístico parcial. El problema que parece no entender el que obstenta el título de secretario de salud de Aguascalientes, es lo que no se dijo por cómo se dijo.

Identificar a un grupo por su identidad como el portador principal de una enfermedad no es información de salud pública. Es estigma. Y cuando ese estigma lo produce un funcionario con tribuna oficial, el daño es cualitativamente distinto al que produce un ciudadano desinformado: lleva el sello del Estado.

El VIH no se transmite por ser homosexual. Se transmite por prácticas específicas: relaciones sin protección, jeringas compartidas, ausencia de pruebas periódicas.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos lo tiene documentado desde hace años: la asociación automática entre personas LGBTIQ+ y el VIH deriva de prejuicios, no de ciencia. La epidemiología cerró ese debate hace tres décadas. Pero Rubén Galaviz Tristán parece que es incapaz de actualizarse y sigue en la década de 1980, en el siglo pasado cuando se estigmatizó a la población  LGBTIQ+, y en todo este tiempo, una y otra vez se ha demostrado que no genera contagio lo que eres, si no que son las conductas de riesgo que practicas y el acceso, o la falta de él, a herramientas de prevención.

Los datos estatales lo confirman. Según la Asociación Civil VIHDHA, alrededor del 60% de los casos en Aguascalientes corresponden a hombres que tienen sexo con hombres. Eso no significa que la homosexualidad transmita el virus. Significa que en este grupo específico convergen tres factores que el secretario omitió nombrar: mayor frecuencia de relaciones anales sin protección, estigma que disuade la prueba de detección y acceso limitado a profilaxis preexposición (PrEP). Atacar esos tres factores reduce contagios. Señalar la orientación sexual, no.

En otras circunstancias los heterosexuales que practiquen conductas de riesgo tienen las mismas posibilidades de contagio, lo que demuestra que no es la identidad sexual si no las prácticas. 

Lo que el secretario no contó

El comunicado oficial también silencia que el perfil epidemiológico en Aguascalientes se está diversificando. Marco Antonio García Robles, director de VIHDHA, ha documentado el crecimiento de contagios en mujeres casadas, muchas veces por la migración de sus parejas, en adultos mayores y, en particular, en usuarios de drogas inyectables. En Aguascalientes existen picaderos donde el uso compartido de jeringas genera transmisión directa. Ese foco de riesgo no aparece en el llamado del funcionario a «evitar la multiplicidad de parejas».

El llamado a la juventud es correcto en su intención. Su marco de referencia está equivocado. Y los errores de marco en salud pública no son neutrales: orientan recursos, dan forma a campañas y condicionan quién busca atención y quién no.

Por qué es una violación de derechos humanos

No es una afirmación retórica. Es un análisis jurídico con normas vigentes.

Artículo 1° Constitucional Prohíbe toda discriminación motivada por condiciones de salud, preferencias sexuales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar derechos y libertades. Una declaración de servidor público que asocia una orientación sexual con una enfermedad atenta directamente contra este mandato.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003) Define discriminación como toda distinción que, basada en preferencias sexuales o condiciones de salud, tenga por efecto impedir el ejercicio de derechos en igualdad de condiciones. La ley no exige intención discriminatoria: basta con que el efecto lo sea. La declaración de Galaviz Tristán cumple ese criterio.
NOM-010-SSA2-2010 (obligatoria para la Secretaría de Salud) Las instituciones del Sistema Nacional de Salud deben evitar cualquier estigma y forma de exclusión en razón de preferencia sexual o condición de salud, con marco expreso en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. El secretario violó la norma que rige su propia dependencia.

La ONUSIDA ha establecido con evidencia acumulada que el estigma institucional hacia los grupos con mayor prevalencia de VIH no solo vulnera derechos: hace más difícil controlar el virus. Disuade a quienes deben hacerse pruebas de buscar atención. Aleja a quienes necesitan tratamiento de los servicios de salud. La violación de derechos humanos y el daño epidemiológico son la misma cosa.

La desinformación sobre la naturaleza del VIH conduce a trato discriminatorio en instituciones de salud, centros laborales, familias y escuelas. Cuando la produce el titular de salud estatal, el daño se multiplica.

Aguascalientes tiene la infraestructura para brindar atención, dice el secretario. Lo que hace falta es nombrar el problema con precisión. No con identidades. Con conductas. No con quién eres, sino con qué prácticas tienes y si el sistema de salud te da o no los medios para prevenirlas.

La desafortunada declaración merece una llamada de atención por los órganos e instituciones encargadas de la vigilancia de los Derechos Humanos, el silencio de la Comisión Estatal de Derechos Humanos demuestra el nulo compromiso de su presidente por defender los Derechos Humanos, y ni hablar de los legisladores que están más preocupados en defender su derecho a informar de sus actividades que a defender los derechos humanos de la población. 

Mientras la Secretaría no adopte ese lenguaje, sus campañas de prevención llegarán a quienes ya no necesitan el mensaje y evitarán a quienes sí lo necesitan. Ese es el verdadero riesgo que la declaración del secretario dejó sin atender. 

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

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