Unidad de la voluntad general
Ante la “desilusión por la democracia electoral” se demanda que la democracia representativa sea sustituida por la directa (Bobbio, El futuro de la democracia, p. 49), lo cual, explica Bobbio, no es nuevo, fue explícitamente planteado por Rousseau, para quien la soberanía no puede ser representada (Contrato Social, Cap. III).
Otras exigencias son democracia participativa, así como radical, deliberativa y transparente, en el afán legítimo de un régimen político que reproduzca fielmente las aspiraciones humanas, empero, no son sino versiones simbólicas que no han prosperado ante las ásperas contradicciones y disímiles relaciones sociopolíticas, condicionadas por las luchas clasistas, los conflictos de bandas criminales de cuello blanco y de paliacate, conflictividad en las élites, intervencionismo de poderes multinacionales y opacidad autoritaria.
Habermas desarrolla la idea de la posibilidad de democracia radical en el viejo continente [Teoría de la Acción Comunicativa (1989), y en algunos estudios previos: Aspectos de la racionalidad de la acción (1997), Teorías de la verdad (1972)]. Critica la democracia liberal de la Europa postindustrial. Lo plantea como ideal inalcanzable en la sociedad fragmentada y desigual (contradicciones del “sistema funcional” capitalista), que limitan deliberación entre iguales ante la escasez de racionalidad [prevalecen emoción y “modas” ideológicas], lo cual impide entendimiento “con el otro” porque no comparten el mismo lenguaje. Es cuestión de comunicación, comprensibilidad e inteligibilidad. Así la democracia es un problema subjetivo, sujeta, además, a la realidad material objetiva.
La “democracia social” como “Estado de Bienestar” es otro tema.
Otra opción ha sido el populismo, pero la experiencia histórica enseña que no es democracia representativa ni directa, sino forma de autoritarismo cercana al totalitarismo. Se diluye en el fracaso.
Es un contrasentido exigir a la democracia electoral que resuelva problemas sociales y económicos para los que no ha sido concebida ni instrumentada. La decepción no emana de la representación ni del sufragio, sino de la ética mercantil que se sobrepone a la ética de la democracia. Esto es, el meollo de la problemática política es clasista y económico-social.
Ahora bien, representación política se entiende como “como un particular ‘mecanismo’ político para la realización de una relación de control (regular) [de abajo hacia arriba] entre gobernados y gobernantes” Esta función representativa está contenida en disposiciones legales, así como en valores sociales y ética política.
Independientemente si el representante personifica a la nación y actúa en función del “bien y el interés general”, son dos las cuestiones que dominan el debate acerca de la representación política: 1) los poderes del representante; 2) el contenido de la representación. Es decir, si es un delegado con mandato imperativo o restringido, o un representante fiduciario sin obligación de mandato en relación a los “intereses generales del ciudadano”. (Bobbio, El futuro de la democracia pp. 54-55)
Las democracias representativas contemporáneas, considera Bobbio, poseen estas características: “a) goza de la confianza del cuerpo electoral, una vez elegido ya no es responsable frente a sus electores y en consecuencia no es revocable; b) no es responsable ante sus electores, precisamente porque está llamado a tutelar los intereses generales de la sociedad civil”, y no los de tal o cual gremio o clase. (p. 56). Es decir, se trata de la “representación funcional de los intereses constituidos y reconocidos” (Bobbio, p.57).
La representación política desempeña el papel de expresar la unidad de la voluntad política general, ya sea entendida como la nación en su conjunto o del electorado en general o el particular de una circunscripción. Lo central es “el problema dinámico de la capacidad del órgano representativo de efectuar la síntesis de los problemas particulares y de las diversas tendencias presentes en el cuerpo político” (Cotta, Diccionario de Política, p. 1427).
Con ello se trata, precisamente, de evitar la fragmentación y dispersión propia de los particularismos regionales, étnicos o clasistas. De ahí que la representación se vincule con la nación (el cuerpo político general o la sociedad política en general) como centro focal. Esta concepción debe ir acompañada de un elemento de control sobre el comportamiento del representante, de lo contrario “se acaba por atribuir a éste un poder arbitrario”. En este caso se trataría de “gobiernos iluminados” y no de gobiernos representativos. (Cotta, P. 1428). Temas ampliamente expuestos por Duverger (Los Partidos Políticos. Instituciones políticas y Derecho Constitucional)