Primera recomendación de la CNDH contra una Universidad Autónoma
Primera recomendación de la CNDH contra una Universidad Autónoma ¿será la primera de muchas?
El pasado 21 de febrero de dos mil veinte la Comisión Nacional de Derechos Humanos, encabezada por la activista política MTRA. MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA emitió y publicó la RECOMENDACIÓN NO. 2 / 2020; la cual se dirige en su contenido contra autoridades públicas inscritas laboralmente en la Universidad Autónoma Metropolitana unidad Azcapotzalco (UAM-Azcapotzalco o UAM-A). (Ver: RECOMENDACIÓN NO. 2 / 2020 CNDH)
Los hechos son desencadenados por el abuso sexual y violencia sexual de un docente contra una alumna, que fueron originados en la esfera de lo público (aulas de la UAM-A, y que trascendieron a la esfera de lo privado (domicilio particular). Involucrando en las recomendaciones del documento cambios importantes en la estructura y protocolos de atención de este tipo de hechos a todas las unidades de la UAM y Rectoría General, a la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Autónoma Metropolitana, Colegio Académico de la Universidad Autónoma Metropolitana y de una vez a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.
Anterior a esta recomendación la CNDH y otras dependencias de defensoría de derechos humanos, así como procuradurías y fiscalías nacional y estatales, por el supuesto “RESPETO A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA” se escudaban de no participar en investigaciones de este tipo de denuncias. Por lo que la RECOMENDACIÓN NO. 2 / 2020 CNDH, representa un parteaguas en la relación institucional de la CNDH con UNIVERSIDADES PÚBLICAS AUTÓNOMAS y seguramente provocará nuevas interpretaciones en materia de los Derechos Humanos en el ámbito de las universidades públicas. Sospecho que pronto, por el ejemplo de la CNDH encabezada por la MTRA. MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, generará que otras instituciones encargadas de velar por derechos fundamentales participen investigando, recomendando y sancionando de ser el caso; sobre este tipo de hechos y no solo en Universidades Públicas, sino en todo el sistema escolar, e institución pública: Dejando atrás el mito y leyenda urbana del “RESPETO A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA”.
La CNDH se justifica en su actuar por lo dispuesto en los artículos: 1º párrafos primero, segundo y tercero, y 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3º primer párrafo, 6° fracciones I, II y III, 15 fracción VII, 24 fracciones II y IV, 41, 42, 44, 46 y 51 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; así como 128 a 133 y 136 de su Reglamento Interno, ha examinado las evidencias contenidas en el expediente CNDH/4/2017/208/Q, relacionado con el caso de V1. ( RECOMENDACIÓN NO. 2 / 2020 CNDH). Además de que en el documento se cita otras leyes y reglamentos para la actuación y atención de las autoridades públicas en este tipo de hechos.
Antes de proseguir hay que recordar hechos ocurridos recientemente en Aguascalientes, y que tienen relación con lo acontecido en la UAM-A. Ver:
¿Discriminación de Género – Acoso sexual … – Crisol Hoy
UAA cero tolerancia OPINIÓN Crisol Hoy
Cero tolerancia en la UAA, #MeToo y la cacería … – Crisol Hoy
Los cuales se hicieron con desconocimiento de la recomendación antes mencionada y que en dichos apuntes amistades defensoras y activistas de los derechos de la mujer en Aguascalientes y otras latitudes en México me hicieron ver y con razón: que fue poco claro si es que estaba a favor o en contra de las medidas realizadas por parte de la DEFENSORÍA DE DERECHOS UNIVERSITARIOS DE LA UAA. Gracias a la maestra Socorro Ramírez Ortega por su entrevista imaginaria y presentar puntos muy rescatables del currículum vital de María Teresa Martínez Mercado responsable de la Defensoría de los Derechos Universitarios en la UAA (ver:¡Gente chida!, María Teresa Martínez Mercado Crisol Hoy.), que abonan a la discusión y esperanza de que el actuar de la institución sea mejor que al que nos ha acostumbrado. Y este caso ventilado sea esclarecido así como los demás que se supone están investiga antes de que la CNDH o cualquier otro organismo de fiscalización comienza a auditar el hacer administrativo en la UAA.
Si estoy a favor de que la autoridad actué en este tipo de casos y otros, así como también que no se use la excusa del “RESPETO A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA”, para que estos hechos y otros queden sin investigar y sin esclarecer: sobre todo no sólo esclarecer ante los involucrados en los procesos de investigación y posibles sanciones, si no que estas investigaciones o acciones deben ser claras, precisas y sobre todo respetar los derechos al acceso a la información y privacidad de los datos personales. Recordar que en este caso la UAA como otras instituciones públicas CON FINANCIAMIENTO PÚBLICO SON SUJETOS OBLIGADOS para responder a toda pregunta relacionada a su proceder. (ver: Piden que se investiguen a los 28 maestros de la UAA … CENTURIA)
En el caso del docente ALAN CAPETILLO: no soy yo quien tiene que determinar si es inocente o culpable. Para ello hay un proceso abierto y sustentado en un protocolo de actuación que la DEFENSORÍA DE DERECHOS UNIVERSITARIOS DE LA UAA al parecer está siguiendo. La actuación de la Defensoría se presta a sospechosismos ya que no se deja claro quiénes o qué otros casos han sido realmente sancionados por parte de este órgano de defensoría de la UAA, y menos queda claro que se ha hecho con acusaciones públicas en contra de docentes y funcionarios de esta casa de estudio en la que se involucran nombres de funcionarios públicos que fungen en otras dependencias y órganos de gobierno federal, estatal y municipal. Menos aún que no se no dice ¿qué ocurre cuando el denunciado resulta ser inocente luego de ser investigado?, bueno si es que se le generó alguna investigación en su contra, más aún cuando este tipo de denuncias se prestan también a cacería de brujas.
En la RECOMENDACIÓN NO. 2 / 2020 CNDH existe un párrafo con el numeral 154 que dice: De conformidad con lo establecido en los artículos 1º párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 44 párrafo segundo de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al acreditarse una violación a los derechos humanos atribuible a un órgano constitucional autónomo, la Recomendación que se formule debe incluir las medidas que procedan para lograr la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales y aquellas para la reparación de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado, para lo cual se deberá de investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la Ley.
Para este caso y otros espero se haga justicia a la(s) víctima(s): pero cuando el señalado o inculpado se encuentre inocente, estos mismos órganos convertidos en tribunales inquisidores encargados de la investigación también presten atención para reparar el daño realizado en contra de la imagen pública de los inculpados injustamente. Ya que como se ha dicho, anteriormente en este medio y en otros, herramientas como #ME TOO son indispensables para esclarecer el problema y dimensionar los efectos de los mismos pero que también #ME TOO se ha convertido en una arma política para atacar y derribar rivales políticos y económicos generando cacerías de brujas comparables a la de los tribunales de la santa inquisición.
Bien por la MTRA. MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA que inicia el año demostrando que se pueden hacer las cosas de forma diferente. Ella sí entendió el paradigma popular que dice que si “estás preocupado porque las cosas no cambian, ¿porque sigues haciendo las cosas igual?, cambia de estrategia y tendrás resultados diferentes”.
Respecto a la Autridad de la UAM hay que señalar que aun y con que tiene una recomendación por parte de la CNDH en su contra, la autoridad no a acudido a fustigar a su comunidad con las antorchas y banderas de la violacion a la Autonomía. Al contrario en estos momentos según informes de amigos en las UAMs que la institución se encuentra trabajando para ajustar sus políticas y reglamentos a las recomendaciones realizadas por la CNDH.
Espero que la autoridad universitaria ahora no censure usuarios de redes sociales en la UAA por replicar información de Crisol Hoy o cualquier otro medio de comunicación.