¿Quién investiga al poder cuando la Fiscalía investiga al ciudadano?

¿Quién investiga al poder cuando la Fiscalía investiga al ciudadano?

La noche del 22 de agosto de 2026, mientras el país discutía otros temas, un grupo de habitantes de Asientos, Aguascalientes, decidió que el silencio institucional ya no era una opción. Entraron a la Presidencia Municipal, se instalaron en su interior y lanzaron un grito que resuena más allá de sus 52 mi habitantes: “Asientos no se divide”. No portaban armas. No hubo según los reportes disponibles violencia ni destrozos. Lo que llevaban era algo que, en democracia, debería inquietar más a cualquier autoridad: la certeza de que los canales institucionales les habían fallado.

Al día siguiente, el fiscal general del Estado, Manuel Alonso García, compareció ante los medios para anunciar que la Fiscalía había abierto una carpeta de investigación. No esperó una denuncia del Ayuntamiento que no la había presentado. Actuó de oficio, por “noticia criminal”. Se investigarían posibles daños, afectación a documentos, impedimento de servicios. El fiscal aclaró, es justo decirlo, que la investigación no significaba que los manifestantes fueran delincuentes. Pero la carpeta ya estaba abierta.

¿Quién investiga al poder cuando la Fiscalía investiga al ciudadano?

Ahora comparemos velocidades.

En abril de 2024 más de dos años antes, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción abrió, también de oficio, una carpeta de investigación contra el alcalde de ese mismo municipio, José Manuel González Mota, por el presunto desvío de 91.7 millones de pesos documentados en la Plataforma Nacional de Transparencia. La investigación periodística de Pop Lab reveló que una funcionaria de Recursos Humanos recibió 52.1 millones en donaciones; que el propio alcalde se autoasignó casi 200 mil pesos sin fundamento legal, algo que el municipio admitió ante un requerimiento de transparencia; que un ex gobernador fue contratado como asesor el mismo día que dejaba su cargo, con sueldo pagado por el erario municipal. La fiscal anticorrupción, Ma. Gema del Rosario Montero, declaró entonces que la investigación “no quedaría en la congeladora”.

Han pasado más de dos años. El alcalde fue reelecto. Cambió de partido cuatro veces, del PRI, a Nueva Alianza, luego Morena, y hasta donde sabemos hoy en el PRD, sin que ninguna de esas mudanzas altera su control sobre el municipio. Y al cierre de esta investigación, no existe registro público de imputación, orden de aprehensión o resolución definitiva contra él.

La pregunta, entonces, no es si la Fiscalía investiga. La Fiscalía investiga ambos casos. La pregunta es: ¿con qué energía, qué publicidad y qué prisa?

El conflicto del municipio 12 no es solo un debate territorial. Es el detonador de una crisis de representación. La iniciativa para separar a Villa Juárez de Asientos, presentada por diputados del PRD y el PAN, que prometen autonomía y cercanía. Pero los manifestantes advierten algo que los documentos académicos y de especialistas confirman: en un municipio donde cuatro de cada diez personas vive en pobreza y el 79.7% padece carencias sociales, la división territorial sin auditoría previa es una receta para fragmentar recursos ya insuficientes. Los pobladores no sólo rechazan el municipio 12. Exigen auditoría a la administración actual. Y cuando exigen, toman el palacio.

La toma fue simbólica, dicen los medios. Pero la respuesta fiscal no lo fue.

La Fiscalía y el ciudadano

Manuel Alonso García llegó a la fiscalía en febrero de 2025 con una trayectoria cuestionada en el ámbito de la seguridad pública. Es doctor en Ciencias Policiales, creador del modelo “Blindaje Aguascalientes”, cinco veces secretario de seguridad en distintos estados. Pero su experiencia es en prevención del delito y orden público, no en ministerio público ni en persecución penal. Eso no lo inhabilita; lo contextualiza. Su primera respuesta ante una protesta ciudadana fue abrir una carpeta penal. Su respuesta ante años de irregularidades documentadas en transparencia, al menos la que conocemos públicamente ha sido el silencio.

El fiscal tiene razón jurídica cuando dice que puede actuar de oficio. El artículo 221 del Código Nacional de Procedimientos Penales se lo permite. Pero la facultad discrecional exige proporcionalidad. ¿Era necesario el derecho penal para una toma simbólica sin denuncia del afectado? ¿No existían mecanismos de mediación, diálogo o incluso desalojo administrativo antes que la investigación penal? La doctrina del derecho como ultima ratio —el último recurso, no el primero, parece haberse quedado en los libros.

Y aquí emerge el fantasma de Carlos Darío.

En mayo de 2026 recordemos, este militante comunista protestó contra la visita de la política española Isabel Díaz Ayuso. Dos días después, agentes ministeriales lo detuvieron cuando regresaba del trabajo. Según su familia, sin orden de aprehensión visible, sin explicación, incomunicado. La Fiscalía le imputó delitos contra la salud, el clásico en estos casos de persecución política y más fácil de montar narcomenudeo y daño a la propiedad. Permaneció 14 días en prisión preventiva. Fue liberado por presión social, no por decisión fiscal. Su madre denunció tortura en el Cereso. El presidente estatal del PAN cuestionó la narrativa, como si la víctima debiera justificar su inocencia ante la opinión pública, el presidente de la Comisión Estado de Derechos Humanos de Aguascalientes guardó silencio, posiblemente por estar firmado otro convenio inútil de participación sin metas ni objetivos. Y el otro actor que brilló por su ausencia en el tema de Asientos fue el secretario de gobierno Antonio Arámbula, quien no se acerca ni por error cuando ciudadanos se organizan para protestar por sus derechos y exigir rendición de cuentas, no sea que sufra un tropezón en sus aspiraciones en la carrera para candidato a gobernador.

Carlos Darío y los manifestantes de Asientos no son el mismo caso. Pero ambos iluminan un patrón: en Aguascalientes, la protesta parece activar la maquinaria penal con una rapidez que los presuntos desvíos de recursos públicos no logran.

El otro lado de la historia

No todo es blanco o negro. Los manifestantes de Asientos tienen derecho a protestar, pero no tienen derecho a violar la ley. Si durante la toma se acredita que hubo daños materiales, destrucción de documentos o impedimento de servicios públicos, la investigación penal será jurídicamente legítima. Pero no olviden que la presunción de inocencia protege también a quienes protestan.

Y no todo lo que se dice de González Mota es delito probado. Las donaciones documentadas en transparencia son una irregularidad administrativa grave, pero su traslación a responsabilidad penal requiere pruebas de dolo, enriquecimiento ilícito o asociación delictuosa que solo un juez puede determinar. El alcalde tiene derecho a la presunción de inocencia. Que haya cambiado de partido cuatro veces no es delito. Que contratara a un ex gobernador no es, por sí solo, ilegal. Que reciba bonos sin checar es una vergüenza ética, pero no necesariamente un delito.

Sin embargo, hay una línea que el análisis jurídico no puede borrar: cuando el propio sujeto obligado admite ante transparencia que no existe fundamento legal para un pago, la irregularidad deja de ser una sospecha para convertirse en un hecho documentado. Que ese hecho no haya producido, en más de dos años, una imputación pública, mientras una protesta sin denuncia desata una carpeta en horas, es una asimetría que el Estado de derecho no debería tolerar.

La asimetría

La dimensión social

Asientos no es un caso de corrupción excepcional. Es un caso de corrupción ordinaria, y por eso más grave. En un municipio empobrecido, los recursos que deberían ir a agua potable, drenaje y escuelas terminan en donaciones a funcionarios. La población lo sabe, porque lo ve en sus calles sin pavimentar y en sus plazas sin remodelar. Cuando la institucionalidad falla, la protesta se convierte en el último mecanismo de rendición de cuentas disponible.

Pero hay una trampa: si el Estado responde a la protesta con carpeta penal y a la corrupción documentada con silencio, está enviando un mensaje peligroso. No un mensaje contra la violencia, sino contra la exigencia.

El derecho

Una Fiscalía democrática no debería temer a la protesta. Debería temerle a la impunidad. Los estándares internacionales de la Convención Americana, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la jurisprudencia de la Corte IDH, establecen que la protesta social es un pilar del Estado democrático de derecho. La SCJN ha sostenido que la libertad de expresión protege incluso manifestaciones que incomodan a las autoridades.

Investigar posibles delitos durante una protesta es legítimo. Pero hacerlo con más celeridad y publicidad que la investigación de presuntos desvíos millonarios documentados en transparencia es, cuando menos, una señal de desproporción.

La pregunta incómoda

Fiscal Alonso García:

¿La misma energía institucional que se utilizó para abrir una carpeta de investigación penal por una toma simbólica de un palacio municipal sin denuncia del afectado y sin daños acreditados, se ha utilizado para judicializar, en más de dos años, las irregularidades documentadas en la administración de Asientos?

¿Por qué una protesta ciudadana genera una declaración pública suya en 24 horas, mientras un desvío de 91.7 millones de pesos no genera, al menos públicamente, una imputación en 28 meses?

La pregunta no es retórica. Es documental.

Asientos no es solo un municipio en conflicto territorial. Es un espejo donde México puede verse: un país donde la evidencia de irregularidades administrativas está a un clic de distancia en la Plataforma Nacional de Transparencia, pero donde la justicia penal parece llegar más rápido al ciudadano que protesta que al funcionario que, documentalmente, no puede explicar por qué se auto asignó recursos públicos.

No afirmamos que la Fiscalía de Aguascalientes actúe ilegalmente. Afirmamos que actúa de manera desproporcionada y asimétrica. Y en un Estado de derecho, la desproporción institucional es tan peligrosa como la ilegalidad.

La credibilidad de una fiscalía no se mide por la cantidad de carpetas que abre contra manifestantes. Se mide por la capacidad de investigar con la misma intensidad al poder que al ciudadano. Mientras esa igualdad no exista, los palacios municipales seguirán siendo ocupados no por delincuentes, sino por ciudadanos que ya no saben a quién más reclamarle lo que la ley les debe.

Es claro que los promotores y defensores de la iniciativa del municipio 12 tienen intereses que no logran demostrar las bondades de su proyecto. Los académicos y ciudadanos, ya les han dicho que no a la creación del municipio 12, que solo trae pobreza y doble gasto administrativo. La respuesta de un fiscal es criminalizar las protestas en contra de la iniciativa, basado en un principio jurídico que le permitiría abrir de igual forma carpetas de investigación contra el funcionario público denunciado públicamente y que incluso ha dejado evidencia en registros públicos de sus desvíos. Pero si, el Fiscal Alonso García prefiere criminalizar al ciudadano y omitir la acción de la justicia en contra del funcionario, eso es una violacion flagrante al principio jurídico de simetría jurídica, pero bueno, que esperábamos de un cuestionado policía convertido en secretario, y sin contar con algún antecedente de reconocimiento realmente público por su gestión, premiado como fiscal.

El mensaje ciudadano es claro: Asientos no se dividen. Pero tampoco se rinde.

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

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