Régimen político y representación
La teoría de la democracia postula que los ciudadanos que reciben el mandato del pueblo para representarlo en los órganos de los poderes públicos, no lo sustituyen. El sufragio confiere el mandato y la representación del demos, pero la competencia radica en la ley, en tanto que la soberanía permanece intacta en el pueblo.
La legitimidad de la representación estriba en el sufragio libre. Legitimidad que debe refrendarse en el ejercicio del poder público: justicia y respeto a la ley. Ello requiere, ponderación entre persuasión y coacción.
Según Rousseau, la representación conduce a la alienación de la voluntad popular. El traslape de la soberanía del ciudadano a la soberanía nacional y de ésta a la soberanía del Parlamento, condujo a modificar la idea de representación política que respondió a la voluntad de la burguesía de “no perecer ahogada bajo la masa de los sufragios populares”, ya que con ello el poder político estaría en manos de “una oligarquía de diputados”. El parlamento traduce la representación en una abstracción institucional. Duverger enfatiza: “la nación se encuentra así despojada de hecho de la soberanía que se le reconoce de derecho” (Duverger, Instituciones políticas Derecho Constitucional, pp. 74 y ss.) Pueblo-nación-representación-Estado.
La Revolución francesa devenida en Asamblea (Constituyente 1789. Constitución de 1793) estableció la teoría según la cual la soberanía no pertenece indivisa a los ciudadanos sino a la nación, es decir, a la colectividad de los ciudadanos como un ser real distinto de los individuos que la componen. Este argumento de la soberanía nacional se ajustó a los intereses de la burguesía liberal que “fundamenta el poder político en la elección y la representación para descartar a la aristocracia [por un lado] e impedir [por el otro] que las masas populares se aprovecharan del derecho de voto para conquistar el poder. La idea de la soberanía nacional permitía resolver esta contradicción”. (Loc. Cit)
Por consiguiente, prosigue Duverger, “si el titular de la soberanía es la nación y no los ciudadanos que la componen, el poder central se atribuye a éstos solamente como órganos encargados de designar a los representantes de la nación. Al ejercerlo están cumpliendo una función pública, no ejercitando un derecho”. Lo cual ya he citado en otros artículos.
Como una de las consecuencias del mandato colectivo-nacional, el diputado no sólo representa a los electores de su circunscripción, sino que el conjunto de los diputados representa a la nación (Sieyés y Burke): “son la única expresión posible de la voluntad nacional”. No obstante, de acuerdo con esta tesis, los electores dan a los elegidos solamente la atribución de expresarse por el ciudadano, pero sin mandato directo. “Así, los diputados son libres en cuanto a sus actos y a sus decisiones, que [supuestamente] son la expresión de la nación” [a la cual teóricamente sirven].
Sieyés (¿Qué es el tercer estado?) establece una correlación entre nación (“el cuerpo de asociados viviendo bajo una ley”), el Estado y la economía (el trabajo, las clases productoras: campesinos, jornaleros, obreros, pequeños artesanos, burguesía –industriales y comerciantes–, “profesiones científicas y liberales” y hasta empleados domésticos). Estas clases productoras son el tercer estado, que “lo es todo” (todos, menos clero y nobleza), ya que son las que sostienen la sociedad. Constituyen “los 19 vigésimos” de todas las clases sociales. Así que en ellas debe recaer la representación política y el derecho a decidir los asuntos públicos.
Lo que para Hobbes es sociedad civil bajo una monarquía soberana y absoluta, en Sieyés es la nación que se conforma en el “estado de naturaleza”. Unidos por el común interés económico [para Hobbes es la necesidad de seguridad], la masa dispersa de los individuos se agrupa socialmente y “deviene comunidad nacional” titular de la soberanía, y como poder constituyente crea el Estado “para garantizar su prosperidad económica, así como asegurar su libertad y sus derechos”. Es decir, de acuerdo con Sieyés, la nación se entiende en el seno del derecho natural construida por y resultante de la mediación institucional del Estado.
Existe una correlación dialéctica pueblo-nación-Estado. Así, la nación (concepto sociológico-cultural) conforma el Estado (concepto político) como una decisión soberana del pueblo, comunidad colectiva de ciudadanos cuyos derechos son reconocidos por la Constitución (concepto jurídico) al momento de la instauración del Estado. La contraparte del pueblo (gobernados) son los gobernantes elegidos por esos ciudadanos y “supervisores de su actuación”. El pueblo como nación crea la ley, pero como ciudadano obedece la ley que ha creado. Es la base de la idea del republicanismo. (Ramón Máiz, La idea de Nación en Sieyés)