Aprobó la federal, reprobó la política: San Francisco de los Romo, Aguascalientes
El municipio que superó la auditoría de la ASF en la Cuenta Pública 2024,pero cuya alcaldesa enfrenta señalamientos de abuso de autoridad y clausuras arbitrarias
I.
Cuando se revisa la lista de municipios auditados por la Auditoría Superior de la Federación en Aguascalientes para la Cuenta Pública 2024, San Francisco de los Romo aparece en un lugar inusual: es de los que aprobaron. Mientras Cosío acumuló el 98% de su muestra con irregularidades, El Llano el 100% y Rincón de Romos el 73.1%, San Pancho (de las carnes chicas, como lo conocen sus poco más de 62 mil habitantes), cerró el procedimiento sin un solo peso pendiente de aclarar. Gestión adecuada, dictaminó la ASF. Todos los señalamientos resueltos durante el propio proceso (Valtierra Navarro, 2026).
Eso merece decirse con claridad, sin eufemismos y sin el reflejo condicionado de buscar la trampa. En una serie que ha documentado opacidad masiva, alertas de colusión y deudas laborales millonarias, la existencia de un municipio que respondió bien a la auditoría federal es un dato que tiene valor en sí mismo. La rendición de cuentas no solo es señalar lo que está mal, también es reconocer lo que funcionó.
Pero la auditoría federal mide una cosa muy específica: si los recursos federalizados se ejercieron con la documentación correcta. No mide cómo trata el ayuntamiento a sus contribuyentes. No mide si las clausuras que aplica tienen sustento legal. No mide la distancia entre los valores que proclama y las prácticas que denuncia la clase empresarial del municipio. Y ahí, en ese espacio que la ASF no cubre, San Francisco de los Romo tiene una historia distinta que también merece analizarse.
II. Lo que revisó la ASF y cómo lo resolvió el municipio
Una auditoría con siete resultados, todos solventados
La ASF revisó en San Francisco de los Romo el 100% de la muestra seleccionada para la Cuenta Pública 2024, compuesta por recursos de Participaciones Federales, FORTAMUN y FAISMUN. El proceso no empezó sin tensiones: en una primera etapa, la ASF señaló la falta de registros contables y presupuestales de dos contratos pagados con Participaciones Federales por 202.6 millones de pesos. El municipio respondió: entregó la documentación durante la auditoría y acreditó las erogaciones. La observación quedó cerrada antes del informe definitivo (Valtierra Navarro, 2026).
También hubo faltantes en los expedientes técnicos de los contratos PPS-001-2020 y AD074/2024, relativos a constancias de suficiencia presupuestal e inscripción en el padrón. Se integraron y validaron en el periodo de revisión. En cuatro contratos del FAISMUN, la ASF advirtió una vinculación entre la empresa adjudicada y otra participante, la misma señal de posible colusión que apareció en El Llano y en Pabellón. Aquí, el municipio respondió que las personas referidas no eran socias ni accionistas, y el punto se tuvo por atendido (Valtierra Navarro, 2026).
Hubo además un caso particularmente difícil: el contrato PPS-002/2019 para generar energía eléctrica para el alumbrado público. Inicialmente no se presentaron entregables ni comprobantes de transferencias. El municipio explicó que existe un proceso legal activo para rescindir el contrato y recuperar pagos, que por resoluciones judiciales los recursos se depositaron en fideicomisos y que posteriormente se autorizó suspender transferencias. Con esos soportes, el señalamiento quedó solventado. Al final, de siete resultados, uno no tuvo irregularidades y seis se aclararon antes del cierre. El dictamen final reportó gestión adecuada (Valtierra Navarro, 2026).
Qué significa haber superado la auditoría
El contraste con los otros municipios de la serie es llamativo. San Francisco de los Romo maneja recursos de escala comparable a los de Calvillo o Jesús María, pero donde esos municipios dejaron porcentajes sin aclarar, San Pancho respondió con documentación en cada uno de los puntos señalados. Eso habla de archivos ordenados, personal técnico que conoce los requerimientos de la ASF y una disposición institucional para atender las observaciones en tiempo.
El episodio del contrato de alumbrado público con proceso judicial activo es particularmente ilustrativo: es un expediente complejo, con recursos en fideicomisos y resoluciones judiciales de por medio, y aun así el municipio logró presentar los soportes necesarios para que la ASF lo tuviera por atendido. Eso no es trivial. Requiere que alguien en la administración entienda bien el proceso de auditoría y tenga los archivos en condiciones de ser consultados y presentados.
En el contexto de esta serie, San Francisco de los Romo establece que sí es posible gobernar con recursos federales y salir bien de una auditoría de la ASF. No es una utopía técnica. Es algo que este municipio hizo en 2024 mientras otros, en las mismas condiciones institucionales del sistema federal, no pudieron o no quisieron hacerlo.
III. Margarita Gallegos Soto: tres décadas de carrera, un año de señalamientos
Margarita Gallegos Soto llegó a la presidencia municipal de San Francisco de los Romo por segunda vez en octubre de 2024. La primera fue en 2014-2016. Entre medias tuvo una trayectoria que incluye la secretaría general del SUTEMA, una vicepresiduría en la Asociación de Mujeres Revolucionarias por Aguascalientes, una regiduría, una diputación federal por el Distrito 2 de Aguascalientes y una diputación en el Congreso local. También fue delegada federal de LICONSA en el estado (LJA, 2025). Es priista con carrera larga, nombre reconocido y capital político acumulado.
Su arranque en el segundo mandato fue por lo menos en términos de imagen, sólido. La gestión de la auditoría de la ASF es un dato a su favor que no puede ignorarse. Pero desde noviembre de 2025, empezaron a circular señalamientos que no vienen de un órgano fiscalizador federal, sino de los propios empresarios del municipio.
LJA publicó en noviembre de 2025 un texto bajo el titular directo: ‘¿Ineptitud o corrupción?‘. El reportaje recoge testimonios de directivos y empresarios de San Pancho que describen un patrón repetido: la alcaldía amenaza con clausuras usando como pretexto la supuesta falta de pago de predial —que legalmente corresponde al arrendador del inmueble, no a la empresa que ocupa el espacio (LJA, 2025). La queja no es de un empresario aislado. Es de varios, que narran la misma historia con las mismas palabras.
El texto de LJA lo pone en términos que no dejan margen de interpretación: ‘No existe razón técnica. No existe razón legal. Solo queda una razón política: porque pueden. Y cuando una autoridad actúa porque puede, sin importar la ley, el ciudadano o la empresa, estamos frente a dos posibles diagnósticos: ineptitud o corrupción’ (LJA, 2025).
El contraste con el Código de Ética municipal es notable. El artículo 3° del documento publicado en el Periódico Oficial establece que el código busca constituir un elemento de la política de integridad de este Ente Público, para fortalecer la prestación de servicios públicos de manera ética e íntegra (Municipio de San Francisco de los Romo, 2021). Ética e integridad como valores declarados; clausuras sin sustento legal como práctica reportada. La brecha entre ambos no es una inconsistencia menor, es la diferencia entre un gobierno que predica y uno que practica.
IV. Lo que la ASF mide y lo que no
El caso de San Francisco de los Romo pone en evidencia algo que esta serie ha tocado lateralmente pero que aquí se vuelve central: la auditoría de la ASF es un instrumento poderoso, pero su alcance es específico. Mide si los recursos federales transferidos FAISMUN, FORTAMUN, Participaciones se ejercieron con la documentación que exige la ley. No mide la calidad de los servicios que esos recursos financiaron. No mide el trato que el ayuntamiento da a sus contribuyentes en materia de impuestos propios. No mide si las clausuras que aplica tienen sustento jurídico o son un instrumento de presión política.
Existe para eso el vapuleado y poco legitimado OSFAGS que revisa las cuentas estatales y los mecanismos ordinarios de queja y denuncia ante el Órgano Interno de Control, la Contraloría del Estado o los tribunales administrativos. Esos mecanismos requieren que alguien los active, que alguien presente la queja, que el procedimiento avance y que la resolución sea pública. En la práctica, cuando los señalamientos vienen del sector empresarial local y el municipio tiene el poder de clausurar negocios, el equilibrio de fuerzas no favorece a quien se queja.
Lo que documentan los empresarios de San Pancho, si es correcto, es un problema de derecho administrativo municipal, no de gasto federalizado. Es el uso del poder de clausura como herramienta de coacción. Es la aplicación arbitraria de sanciones por causas que legalmente no corresponden al sujeto sancionado. Eso es una violación al principio de legalidad que establece el artículo 16 constitucional: ningún acto de autoridad puede ejecutarse sin fundamento legal expreso (CPEUM, 2024). Si la clausura se aplica por predial no pagado por el arrendador, y se ejecuta sobre la empresa inquilina, el acto carece de fundamento y puede ser combatido. El problema es que combatirlo cuesta tiempo, abogados y la certeza de que la relación con el ayuntamiento ya quedará marcada.
V. San Francisco de los Romo en el mapa de la fiscalización en Aguascalientes
Dentro de los once municipios auditados en el estado, San Francisco de los Romo y el municipio capital de Aguascalientes son los únicos que cerraron el procedimiento sin observaciones pendientes. En el caso de la capital, el proceso también fue largo inicialmente se señalaron 202.6 millones por falta de registros contables pero terminó en gestión adecuada (Valtierra Navarro, 2026).
La comparación entre ambos municipios y los que tuvieron irregularidades revela algo que no se dice con suficiente frecuencia en el debate público sobre corrupción municipal: la capacidad administrativa importa. Los municipios que salieron bien de la auditoría no lo hicieron por magia ni por suerte, lo hicieron porque respondieron a las observaciones con documentación real, presentada en tiempo. Eso requiere personal competente, archivos ordenados y una Contraloría o área técnica que conozca los requerimientos de la ASF.
En los municipios que fallaron, especialmente Cosío, El Llano y Rincón de Romos, la incapacidad de presentar documentación puede ser el resultado de dos cosas muy distintas: que la documentación no existe porque el gasto no se realizó correctamente, o que existe pero nadie sabe cómo presentarla ante la ASF. El primer caso es corrupción; el segundo es debilidad institucional. La diferencia importa para el diagnóstico, aunque las consecuencias para los procedimientos de aclaración sean similares.
San Francisco de los Romo demuestra que es posible, en el mismo estado y con las mismas reglas, salir bien de una auditoría federal. Eso hace el caso de los municipios que fallaron más difícil de justificar. No es que la ASF sea imposible de satisfacer. Es que requiere capacidad técnica y orden documental y eso no siempre existe, no siempre se prioriza y, en ocasiones, tampoco conviene.
VI. Pasar la auditoría no es suficiente
La distinción entre el municipio que aprobó la ASF y el gobierno que sus empresarios describen como abusivo no es una contradicción menor. Es una lección sobre los límites de los sistemas de fiscalización formales.
Cuando toda la conversación pública sobre rendición de cuentas se concentra en la ASF, ¿cuántos millones están pendientes de aclarar? ¿qué porcentaje de la muestra tiene irregularidades?, se crea un marco conceptual que identifica a los buenos con los que pasan la auditoría y a los malos con los que no. San Francisco de los Romo desestabiliza ese marco. Es un municipio que pasó la auditoría. Y también es un municipio donde los empresarios dicen que la alcaldía los amenaza con clausuras sin sustento legal.
Ambas cosas pueden ser verdad al mismo tiempo. Un gobierno puede ser eficiente en la gestión documental de recursos federales y al mismo tiempo abusivo en el ejercicio de su poder sobre los contribuyentes locales. La ASF no detecta lo segundo. Los empresarios que denuncian en conversaciones informales, en artículos de medios locales y en quejas que raramente llegan a procedimientos formales, tampoco logran que lo segundo llegue a consecuencias concretas.
Lo que Margarita Gallegos Soto tiene enfrente es la oportunidad de demostrar que el municipio que aprobó la auditoría federal es también el municipio que trata a sus empresarios con respeto a la ley. Si los señalamientos son ciertos, eso requiere que alguien en la cadena institucional, el OIC municipal, la Contraloría del Estado o los tribunales investigue y resuelva con independencia. Si los señalamientos son exagerados o falsos, el municipio tiene el derecho y la obligación de decirlo públicamente con los hechos, no solo con declaraciones.
Pasar la auditoría de la ASF es un umbral mínimo. No es el techo de la buena gobernanza. San Pancho cumplió el mínimo en 2024, eso es mejor que muchos de sus vecinos en el estado. Ahora falta saber si también cumple lo que la ASF no mide: el respeto a la ley en el trato cotidiano con sus ciudadanos.
Esta serie cierra con el caso que más cuesta encuadrar: el municipio que salió bien de la auditoría pero cuya alcaldesa enfrenta señalamientos de abuso de autoridad. San Francisco de los Romo merece el reconocimiento de haber respondido a la ASF con documentación real, en tiempo, para cada uno de los siete resultados que el órgano fiscalizador emitió. Eso no es menor es lo que varios municipios del estado no lograron.
Y al mismo tiempo, el municipio enfrenta preguntas que la ASF no puede responder: ¿Las clausuras que describen los empresarios tienen sustento legal? ¿El poder administrativo del ayuntamiento se ejerce con apego al artículo 16 constitucional o como instrumento de presión? ¿La gestión ética que proclama el Código Municipal se practica en la relación con los contribuyentes o solo se publica en el Periódico Oficial?
Margarita Gallegos Soto tiene en sus manos un municipio con finanzas federales en orden y una reputación local en disputa. La historia que escriba en los próximos dos años dependerá de cuál de las dos realidades defina su gobierno: la que aprueba auditorías o la que, según sus propios ciudadanos, abusa de los que no tienen poder para resistirla.
Esta serie ha recorrido siete municipios Cosío, El Llano, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos y San Francisco de los Romo más el municipio capital. En cada uno encontró una historia distinta: opacidad total, colusión, herencias envenenadas, pasivos laborales acumulados, clausuras cuestionadas y, en dos casos, la demostración de que sí es posible gobernar con transparencia documental. La radiografía del estado no es homogénea. Pero sí tiene un mensaje común: el dinero público exige ser rastreable hasta el bien o servicio que produjo, y quienes no puedan probarlo tienen una explicación que dar.
Referencias
Auditoría Superior de la Federación [ASF]. (2026). Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2024. Municipio de San Francisco de los Romo, Aguascalientes. https://informe.asf.gob.mx
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [CPEUM]. (2024). Artículos 16 y 134. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
El Sol del Centro. (2026, 23 de febrero). Municipios de Aguascalientes en la mira: ASF detecta irregularidades que podrían costar más de 200 millones de pesos. https://oem.com.mx/elsoldelcentro/finanzas/aguascalientes-en-la-mira-asf-detecta-irregularidades-que-podrian-costar-mas-de-200-millones-de-pesos-28609811
INEGI. (2021). Censo de Población y Vivienda 2020. Resultados por municipio: San Francisco de los Romo, Aguascalientes. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. https://www.inegi.org.mx
LJA Aguascalientes. (2025a, 19 de febrero). ¿Quién es Margarita Gallegos, alcaldesa de San Francisco de los Romo? https://www.lja.mx/2025/02/quien-es-margarita-gallegos-alcaldesa-de-san-francisco-de-los-romo/
LJA Aguascalientes. (2025b, 28 de noviembre). San Francisco de los Romo: ¿Ineptitud o corrupción? La pregunta que la alcaldesa Margarita Gallegos Soto ya no puede evitar. https://www.lja.mx/2025/11/san-francisco-de-los-romo-ineptitud-o-corrupcion-la-pregunta-que-la-alcaldesa-margarita-gallegos-soto-ya-no-puede-evitar/
Merino, M. (2013). La captura de los municipios en México. Foro Internacional, 53(2), 521-559. El Colegio de México.
Merino, M., López, S., y Cejudo, G. (2010). La rendición de cuentas de los municipios mexicanos. CIDE.
Municipio de San Francisco de los Romo. (2021). Código de Ética Municipal. Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, 9 de agosto de 2021, p. 56.
Valtierra Navarro, M. (2026, 2 de marzo). Municipio supera auditoría federal. El Heraldo de Aguascalientes. https://www.heraldo.mx/municipio-supera-auditoria-federal/

