DEL DESACATO A LA INSURRECCIÓN
Punto resolutivo No. 9, sentencia de 31 de agosto de 2010 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos caso Rosendo Cantú y otra vs. México.
Derivado de un estudio retrospectivo y prospectivo, el Estado mexicano deberá rediseñar y fortalecer las políticas públicas que implican a sus Fuerzas Armadas para minimizar la interacción de los militares con la población civil, y de este modo garantizar la disminución no sólo de actos de molestia, sino también de violaciones a los derechos fundamentales de mayor agravio a la población civil, en las tareas que despliegan las fuerzas de la disciplina y que se han enfatizado por temas de seguridad pública en México; por lo que en su caso debe adoctrinarse a los militares que realicen provisionalmente tareas de seguridad pública o vinculadas con la misma y con la investigación y persecución de los delitos en los que participan.
La resolución del caso Rosendo Cantú fue trascendente para la protección de los Derechos Humanos ante la actuación de las fuerzas militares en su actuación frente a la sociedad civil, ya sea en actividades estrictamente castrenses o como coadyuvante en la investigación y persecución de los delitos, lo que en todo caso, sostiene la Corte debe ser provisional. No es la oportunidad para adentrarnos en el caso, baste para el propósito de esta columna señalar los criterios que son obligatorios para el estado mexicano, dado que se derivan de un proceso que México perdió por la violación de los derechos humanos de los quejosos a manos de miembros del ejército.
Conviene recordar que la tendencia desde la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano es el fortalecimiento de un Derecho metanacional que, parte de la promoción, respeto y sanción de los derechos fundamentales, que por su naturaleza de ser progresivos, tenderán cada vez más, a ser protegidos con legislaciones y organismos internacionales producto de convenciones y tratados. México tiene suscrito el tratado interamericano de derechos humanos, conocido coloquialmente como el Pacto de San José, por el que nos sometemos a la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José Costa Rica, por lo que sus resoluciones son obligatorias para nuestro país. A la fecha han habido decisiones importantes que nos han obligado a cambiar regulaciones legales, el caso del Código de Justicia Militar, a indemnizar a víctimas y ofendidos, como en los casos Radilla y Campo Algodonero, y a amonestar por la conducta de los militares, acotar sus funciones y prepararlos para la obediencia de las políticas civiles de seguridad pública y el respeto a los derechos fundamentales, precisando que sus funciones policíacas deben ser provisionales.
Por si fuera poco, el texto expreso de la Constitución y los criterios de la Suprema Corte señalan que el llamado Bloque de Constitucionalidad, una visión neoconstitucional del Derecho, está integrado no sólo por el documento constitución sino por los tratados, los principios generales del derecho, doctrinas, leyes y aún reglamentos a los que remita la Constitución o los precedentes de la Corte. Por lo tanto el Pacto de San José es constitución y en materia de Derechos Fundamentales tiene primacía.
Probablemente esto resulte difícil de entender para un militar, porque por su actuación aparentan que no lo han asimilado. Más difícil de aceptar es que los integrantes del Congreso, senadores y diputados, en su mayoría hayan votado contra una modificación de un artículo transitorio que amplia la permanencia del ejército en funciones policíacas y se hayan plegado al capricho presidencial de incorporar la Guardia Nacional, de carácter civil según la Constitución, como un órgano mas de las fuerzas armadas.
La decisión presidencial no es difícil de entender, las neuronas que aún le funcionen deben ser suficientes para comprender que su aparente o real popularidad está sostenida por alfileres, sustentada en las amenazas, las revanchas y las venganzas. La economía dependiendo en buena medida de las remesas y de las empresas de capital extranjero, con PEMEX fiel a su tradición, ahora con dos millones de barriles sin fondo, con una capacidad de producción eléctrica insuficiente para las necesidades del país, y alimentada por las limosnas que reparte pródigamente a un costo altísimo para el erario lo que lo está haciendo buscar desesperadamente donde financiarlas, aunque sea robando el ahorro de muchos mexicanos.
La 4T, transas, traiciones, trampas y tozudez, no podría soportar mucho más: su plan económico fracasado, su plan (?) de seguridad al garete, su política educativa en picada con la novedad de que hasta los estudiantes de las universidades Juárez se rebelan, y la salud pública en la peor crisis en muchos sexenios, auguran malos tiempos.
El endeble soporte popular decidió transformarlo en soporte militar. Los negocios encomendados al Ejército, que por añadidura no es auditado, el aumento del presupuesto en forma desproporcionada en detrimento de la educación, la salud y de una administración sana y transparente y la perversa ecuación: impunidad a cambio de corrupción que paga la protección y apoyo para el presidente y su gobierno autocrático.
Sólo que el ejército responde a una lógica de fuerza y de poder. Es un golem. Según la leyenda judía un golem era una figurilla humana de barro, a la que una noche determinada con un conjuro específico un rabino podía infundir vida. El pequeño individuo se convertía en un sirviente pero crecía y crecía y al alcanzar un cierto tamaño se rebelaba. Por lo tanto el rabino tenía que estar atento para atajarlo a tiempo imprimiendo en su frente la palabra “meth” muerte, lo que acababa con el monstruo en ciernes.
El Congreso a través de una Comisión citó al Secretario de la Defensa Nacional a comparecer, a lo que está obligado en términos del artículo 93 de la Constitución. El general Sandoval se negó y los citó en sus oficinas. En términos castrenses es un desacato, de eso a una insurrección hay un paso.
Ojalá todavía estemos a tiempo de atajar al Golem.
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