La invención de los derechos humanos por Lynn Hunt
Al escuchar la palabra <<Derecho>> o <<Derechos>>: estamos acostumbrados como sociedad culturalmente a asociar el término dentro de un campo semántico de significados que nos ubica en el terreno de las leyes, los abogados, los procesos legislativos, los sistemas de Vigilancia y Castigo coercitivos; en lo que creemos y confiamos que se encuentra implícitamente la justicia como el “dar a cada quien lo que le corresponde”, creyendo por mucho por acto de fé, que la justicia se dará por sí sola.
… en algún momento entre 1689 y 1776, derechos que habían sido considerados casi siempre como los derechos de una gente determinada -los ingleses nacidos libres, por ejemplo- se transformaron en derechos humanos, derechos naturales universales, lo que los franceses llamaron «les droits de l’homme» («los derechos del hombre») (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.21)
Al hablar de derechos humanos las investigaciones y publicaciones al respecto suelen presentar los derechos humanos como un producto cultural espontáneo que surge en occidente sin presentarnos un contexto cultural y social en transformación continua que facilita su aparición y desarrollo, así como su adaptación, alcances e interpretación en diferentes momentos de la evolución del pensamiento humano occiental. En muchos casos nos presentan este desarrollo por medio de los movimientos armados o luchas sociales, pero difícilmente nos dan ejemplo de los cambios en las unidades culturales que motivan y explican esas luchas políticas y revoluciones sociales.
Esta ausencia no por oposición no se encuentra en el trabajo de la historiadora Lynn Hunt, quien en su libro La invención de los derechos humanos, nos lleva por un hilo conductor narrativo, que da cuenta del desarrollo de las bases de la “Ilustración” (movimiento cultural e intelectual, primordialmente europeo, que nació a mediados del siglo XVIII y duró hasta los primeros años del siglo XIX), presentando como en el <<arte>>, se dan las nuevas ideas, que modifican las ideologías políticas y el sentir de la gente.
Lynn Hunt nos explica cómo en el siglo XVII comienza un proceso democratizador y sensibilizador de las personas, cuando en la literatura y más precisamente en las novelas se comienzan a usar como recurso novelesco de la narrativa la inclusión de personajes protagónicos provenientes de minorías políticas, económicas, religiosas y de género. Dejando de ser el héroe, la nobleza y la princesa en apuros que eran son la base de la trama “hidalguense” de la literatura.
La inclusión de la mucama, el soldado raso, el judio y protextante en la novela, entre otras minorías como el protagonista de la narrativa en la novela, comenzó a moldear en el público lector una empatía y simpatía por aquello que el mismo Ortega y Gasset llama “lejanos cotidianos”. Es decir, mediante la inclusión de estos personajes, ciudadanos opositores simbólicos distantes del héroe o el monarca, se mostraban las vicisitudes de la vida, los sentimientos y la alteridad presente, en aquellos lugares en donde se creía no los había, dando la oportunidad a los lectores de desarrollar las bases de la solidaridad con las minorías; base indispensable para pensar en un cambio de paradigmas sociales que influenciaron la filosofía y política de los siglos posteriores y que en mucho son la fuente del pensamiento de la ilustración.
Huelga decir que la empatía no se inventó en el siglo XVIII. La capacidad de sentir empatía es universal, ya que tiene sus raíces en la biología del cerebro; depende de una capacidad con base biológica, la de comprender la subjetividad de otras personas e imaginar que sus experiencias internas son como las propias. Los niños que padecen autismo, por ejemplo, tienen gran dificultad para decodificar las expresiones faciales como indicadoras de sentimientos, y en general les cuesta atribuir estados subjetivos a los demás. Simplificando, podría decirse que el autismo se caracteriza por la incapacidad de sentir empatía hacia los demás. (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.39)
Así Lynn Hunt continúa explicando cómo el cambio en la narrativa de la literatura comienzan a transformar las tabernas en los incipientes teatros que se les agregaron butacas y protocolos de seguridad para poder apreciar las representaciones artísticas.
Pero son los cambios en el espacio público de los teatros lo que llevan a otra modificación en la organización social.
Al transformar el espacio de taberna a un teatro ordenado, ello permitió la distinción de clases, al mismo tiempo que creaba nuevas normas de etiqueta, proceso que coincide con lo postulado por el sociólogo alemán Norberto Elías en su libro el Proceso Civilizador, donde sostiene que además del cambio en el entretenimiento mediante las bellas artes, en la edad media se da un gran salto hacia la modernidad, no con la Reforma Religiosa o el descubrimiento de América, si no con la aparición de las reglas de etiqueta las cuales transforman el espacio de socialización y modifican las relaciones humanas basados en el respeto y resiliencia hacia el otro, principios que no se adoptaron de manera homogénea pero que sí contribuyeron a modificar el arte como lo postula Lynn Hunt y así a su vez estos cambios en un proceso de microfísica de poder modificaron a las demás expresiones artísticas, que así como distinguían también homogenizan.
Si bien en la actualidad damos por sentadas las ideas de autonomía e igualdad, así como la de los derechos humanos, éstas no cobraron relevancia hasta el siglo XVIII (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.26)
Lynn Hunt, plantea que con las modificaciones en el teatro y el nuevo proceso de distinción la pintura sufre un cambio trascendental.
La clase gobernante es decir la nobleza comienza en esta hola de cambios a representarse con menos atavíos y ropajes, buscando un acercamiento simbólico con sus gobernados, para que ellos vieran la cercanía del monarca con su pueblo. Pero mientras los reyes y terratenientes abandonan los adornos y objetos de ostentación a cambio de empatía, la nueva clase antagónica; la burguesía hace que los pintores los dibujen con mayores recursos y adornos que los que poseen, con la intención de equiparse con los poderes y papeles simbólicos de la nobleza.
El proceso termina creando una homogeneización de clases que a su vez contribuye al ideal político de la universalidad e igualdad de derechos, de la burguesía con la nobleza, base de las ideas de igualdad de derechos y la lucha de la participación política que luego llegó a las masas en forma de revoluciones sociales.
Antes de que los norteamericanos y los franceses declarasen los derechos del hombre, los proponentes más destacados del universalismo vivían al margen de las grandes potencias. Quizás esa misma marginalidad permitió a un puñado de pensadores holandeses, alemanes y suizos tomar la iniciativa y sostener que los derechos eran universales. En fecha tan temprana como 1625, un jurista calvinista holandés, Hugo Grocio, propuso un concepto de derechos aplicable a todo el género humano, no a un único país o tradición jurídica. Definió los «derechos naturales» como algo existente de suyo y que podía ser concebido como separado de la voluntad de Dios. También sugirió que las personas podían utilizar sus derechos -sin la ayuda de la religión para instaurar los fundamentos contractuales de la vida social. Su seguidor alemán, Samuel Pufendorf, el primer profesor de derecho natural en Heidelberg, concedió un lugar destacado a los logros de Grocio en su historia general de las enseñanzas del derecho natural, publicada en 1678. (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.119)
Karel Vasak, internacionalista checo-francés, expuso una clasificación de los derechos humanos por los elementos estructurales que les facilitaron su aparición y desarrollo. Para ello lo lleva a clasificar los derechos humanos en grupos divididos en generaciones. Karel Vasak confirma que las ideas de igualdad y homogeneización, así como participación política se encuentran en la “primera generación de derechos humanos”. Para los ojos de Lynn Hunt se da el desarrollo de estas ideas en la filosofía y política de la ilustración por los cambios narrativos y expresivos del arte, que fueron los primeros en presentar los principios clasificatorios de universalidad a pesar de las diferencias, ideales que la burguesía supo apropiarse y dosificar a las masas y no se aplicó en todos los casos de minorías con la misma prontitud, como en el caso de la mujer y sus derechos.
En julio de 1790, Condorcet escandalizó a sus lectores con un sorprendente artículo de fondo, «Sobre la admisión de las mujeres al derecho de ciudadanía». En él hacía explícita la lógica de los derechos humanos que se había desarrollado ininterrumpidamente en la segunda mitad del siglo XIII: «Los derechos de los hombres se derivan únicamente de que son seres sensibles susceptibles de adquirir ideas morales y de razonar con esas ideas». ¿Acaso no poseían las mujeres las mismas características? «Puesto que las mujeres tienen estas mismas cualidades», argumentó, «tienen necesariamente iguales derechos.» Condorcet sacó la conclusión lógica que tanto les costaba sacar a sus compañeros revolucionarios: «O bien ningún individuo de la especie humana tiene verdaderos derechos, o bien todos tienen los mismos; y el que vota contra el derecho de otro, cualquiera que sea su religión, color o sexo, ha abjurado de los suyos a partir de ese momento». (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.174)
«Hay sin duda una diferencia», reconoció, «la de los sexos […], pero no concibo cómo una diferencia sexual conduce a otra en la igualdad de derechos. […] Liberémonos más bien de los prejuicios sexuales, del mismo modo que nos hemos liberado del prejuicio contra el color de los negros.» (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.176)
Lynn Hunt como para Karel Vasak coinciden en que estos principios se encuentran presentes en la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución Francesa, y son estos grandes movimientos sociales los que desencadenan en la práctica del derecho la “primera generación de derechos humanos” en occidente.
En su influyente tratado La esclavitudfemenina (1869), el filósofo inglés John Stuart Mili ponía en duda la existencia misma de esta diferencia biológica. Argumentó que no podemos saber cómo difieren los hombres y las mujeres en la naturaleza porque sólo los vemos en sus papeles sociales actuales. «Lo que se llama hoy la naturaleza de la mujer», escribió, «es un producto eminentemente artificial.» Mili vinculó la reforma del estatus de las mujeres al progreso general en lo social y lo económico. Las relaciones sociales que hacen depender a la mujer del hombre en nombre de la ley, afirmó, «son malas en sí mismas» y «deben sustituirse por una igualdad perfecta, sin privilegio ni poder para un sexo ni incapacidad alguna para el otro». (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.194)
El punto de vista del propio Marx era claro: la emancipación política podía conseguirse por medio de la igualdad legal dentro de la sociedad burguesa, pero la verdadera emancipación humana exigía la destrucción de la sociedad burguesa y los mecanismos constitucionales con los que protegía la propiedad privada. Los socialistas y los comunistas, no obstante, formularon dos preguntas sobre los derechos que siguen siendo válidas: ¿los derechos políticos eran suficientes?, y ¿podía el derecho del individuo a proteger la propiedad privada coexistir con la necesidad de la sociedad de fomentar el bienestar de sus miembros menos afortunados? (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.202)
Continuando con Karel Vasak se desarrolla una «segunda generación de derechos humanos» en occidente, está hola llega como respuesta a las primeras contradicciones del Estado Moderno y con las fallas del capitalismo del siglo XIX; es cuando los grandes movimientos de masas a principio del siglo XX en Rusia y México agregan a la propuesta de los derechos del individuo o ciudadanos para su participación e igualdad ante la ley, las demandas sociales ante el Estado, como responsabilidades para generar las condiciones indispensables para cumplir con esa “igualdad ante la ley”.
Lynn Hunt también nos narra cómo en el arte antes, durante y posterior a los movimientos sociales o de masa se representan nuevas relaciones simbólicas que permiten difundir en la población estos principios. Don Gustavo de Alba Mora explicaba como en el cine esto mismos cambios se plasmaron en cuadro y como ejemplo usaba el manejo simbólico de secuencias en la película Rusa El acorazado Potemkin, “es una película muda dramática e histórica de 1925 dirigida por el cineasta soviético Serguéi Eisenstein. La película reproduce el motín ocurrido en el acorazado Potiomkin en 1905, cuando la tripulación se rebeló contra los oficiales de la armada zarista.”
https://www.youtube.com/watch?v=u13TMl9pnZA
En otras palabras la «segunda generación derechos humanos» son postulados que demandan al Estado las condiciones mínimas de desarrollo para la vida en colectivo y el desarrollo de la persona, dirigiéndose al Estado como responsable para garantizar a toda la población.
¿Nos han fallado los derechos humanos por no estar a la altura de lo que esperábamos de ellos? En los tiempos modernos actúa una paradoja de distancia y proximidad. Por un lado, el avance del alfabetismo y la difusión de las novelas, los periódicos, la radio, las películas, la televisión e internet han hecho posible que haya cada vez más personas que sienten empatía por otras que viven en lugares lejanos y en circunstancias muy diferentes (Hunt, L., & Ferrer, J. B. 2009. p.215)
“La tercera generación de derechos humanos”, se suscita cuando en el desarrollo de occidente se llega a la necesidad de organizarse los estados de forma internacional por un interés común, aparecen los deseos de PAZ y prosperidad, como consecuencia de la homogeneización de las diferencias y los derechos sociales hacia una exigencia internacional. En esta transformación de paradigmas culturales se incluyen nuevos principios para definir la libertad y la obligación de los Estados con el medio ambiente como elementos indispensables para el “desarrollo sustentable”. En este proceso se forma por los llamados Derechos de los Pueblos o de Solidaridad que surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que las integran.
El desarrollo o evolución de los derechos humanos son el producto de diferentes adaptaciones en la organización de la vida del colectivo, como por ejemplo las que expresa más ampliamente Lynn Hunt mediante su estudio de la literatura, siendo estos pequeños cambios grandes cambios en la narrativa que transforma los diferentes campos de la vida social, sumándose gradualmente para generar las condiciones de grandes transformaciones sociales.
Me parece atinada la estrategia de Lynn Hunt en su libro La invención de los derechos humanos para explicar el desarrollo de los derechos humanos, encontrando evidencia de ello en otros campos como los son las artes, antes de comprometerse en el análisis de las ideas políticas y filosóficas, mostrando cómo en el arte estos signos, significantes y significados van apareciendo antes que en la filosofía o en la política, estudiar las manifestaciones artísticas nos permite observar el sentimiento de pueblos para explicarnos ¿cómo surgen? y ¿porque transformaciones en la organización social?.
Bibliografía
Elias, N. (1939). El proceso de la civilización, Fondo de Cultura Económica.
Hunt, L., & Ferrer, J. B. (2009). La invención de los derechos humanos. Tusquets.
Ortega y Gasset, J. (1940). Ideas y Creencias, http://www.pensamientopenal.com.ar.