La terna consumada

La terna consumada

Cuando la predicción se vuelve dictamen y realidad: el OSFAGS, la votación unánime y el costo social de una institución que nace sin credibilidad

Lo que dijimos y lo que ocurrió

El 29 de marzo de 2026, algo que en este espacio ya se había predicho terminó por ocurrir: «El árbitro diseñado a modo», en dicha intervención se argumentó que el proceso de designación del titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes (OSFAGS) no era un concurso abierto sino un trámite con destinatario conocido. Ya que desde que se dio la reforma constitucional aprobada el 19 de febrero, en la que se eliminó el candado de cuatro años para funcionarios en activo, tenía todos los tintes y vicios legislativos de estar diseñada para habilitar a Juan Pablo Gómez Diosdado, Contralor del Estado y militante de 22 años en el PAN. Por lo tanto el mismo proceso aunque fuera un ritual legal, nacía sin legitimidad.

Seis días después, el dictamen oficial DI-644 de la Comisión de Vigilancia, firmado el 25 de marzo de 2026, confirmó cada uno de esos señalamientos. No como posibilidad. Como hecho consumado.

La terna quedó integrada por Gómez Diosdado, Castañón Mercado y Cortés Bernal. Votación: 5-0. Sin abstenciones. Sin disenso.

Dos de los cinco aspirantes, Daniela Calderón Marín y Luis Fernando Serrano Martínez, fueron eliminados en la etapa de entrevistas del 24 de marzo sin que el Congreso haya publicado los criterios específicos que determinaron su exclusión. El dictamen señala que la Comisión valoró «experiencia profesional, conocimientos técnicos, trayectoria en materia de fiscalización, capacidad de dirección, independencia y demás elementos relacionados con la idoneidad». Esos criterios, aplicados con discrecionalidad no documentada públicamente, produjeron exactamente el resultado que las críticas de febrero ya predecían.

El voto unánime como síntoma

Hay algo más revelador que la integración misma de la terna: la unanimidad. Los cinco diputados de la Comisión de Vigilancia, Laura Patricia Ponce Luna (presidenta), Beatriz Montoya Hernández, Ma. Guadalupe Mendoza Medrano, Emanuelle Sánchez Nájera y Luis Salvador Alcalá Durán, votaron a favor. Ninguno se abstuvo. Ninguno votó en contra.

En términos parlamentarios, la unanimidad en una decisión de este tipo no es virtud: es señal de presión o de cálculo. Una Comisión de Vigilancia cuya función es precisamente vigilar el ejercicio del gasto público debería producir deliberación cuando selecciona al árbitro de ese gasto. La ausencia de cualquier voz disidente dentro de la Comisión no indica consenso técnico: indica disciplina política. ¿Ni el el futbol mexicano hay tanta unificación?

La diputada Alejandra Peña Curiel, de Morena, había advertido desde tribuna en febrero que la reforma «pavimenta el camino a la impunidad». Esa advertencia no tuvo eco dentro de la Comisión de Vigilancia, donde el proceso se tramitó sin que conste, en el dictamen público, ningún cuestionamiento sobre la independencia de los perfiles seleccionados.

El problema social: cuando el árbitro es parte

La cuestión no es burocrática. Tiene consecuencias concretas sobre ciudadanos concretos.

La Auditoría Superior de la Federación documentó en la Cuenta Pública 2024 deudas millonarias de al menos cinco municipios con el ISSSSPEA (documentadas también ya en este espacio), irregularidades en el ejercicio de recursos en las once alcaldías del estado, y observaciones que permanecen sin solventar en varios órganos del gobierno estatal. El próximo titular del OSFAGS heredará esos expedientes. Decidirá si los profundiza, si les da trámite con celeridad o si los administra con lentitud estratégica hasta que prescriban o pierdan visibilidad pública.

Esa decisión la tomará alguien que llegó al cargo porque el partido que gobierna el estado reformó la Constitución para habilitarlo, dentro de un proceso donde la única voz disidente documentada fue la de la oposición en el pleno legislativo, sin efecto sobre el resultado final.

El órgano diseñado para vigilar al gobierno fue entregado al gobierno. Ese es el resumen del proceso.

Los ciudadanos que tienen una deuda con el ISSSSPEA en Rincón de Romos, los trabajadores cuyas prestaciones dependen de que el municipio de Tepezalá salde lo que debe, los habitantes de Jesús María que financiaron con sus impuestos las obras cuestionadas de Antonio Arámbula cuando era presidente municipal (hoy Secretario General de Gobierno), todos ellos tienen un interés legítimo en que el OSFAGS funcione con independencia real. Ese interés acaba de ser subordinado a un interés partidista.

No es una afirmación abstracta. El Secretario de Gobierno, el mismo Antonio Arámbula, declaró públicamente durante el debate de febrero que el objetivo es que fiscalizador y gobierno puedan «hacer equipo». Esa declaración no fue un desliz: fue la filosofía explícita con la que se diseñó el proceso. Un gobierno que concibe la fiscalización como trabajo en equipo no está pensando en los derechos de quienes son auditados; está pensando en la comodidad de quienes serán auditados.

La legitimidad no se decreta

El dictamen DI-644 es un documento formalmente impecable. Cita las disposiciones constitucionales correctas, enumera los antecedentes con precisión procesal, describe los criterios de evaluación en términos suficientemente amplios para no comprometer ninguna decisión concreta. Está firmado por cinco diputados. Tiene fecha y lugar. Es legal. Cumple con el ritual procesal que lo hace legal, no por ello es social, moral y éticamente correcto.

Porque la legalidad no produce legitimidad de manera automática. La legitimidad de un órgano de control depende de su autonomía que pueda ser percibida y se sienta real, de que los ciudadanos y las instituciones auditadas puedan creer, con fundamento, que sus decisiones responden a criterios técnicos y no a lealtades políticas. Esa percepción se construye a lo largo de años. Y se destruye en horas, con una reforma constitucional aprobada el mismo mes en que vence el cargo que se va a sustituir.

El OSFAGS que resultará de este proceso tendrá todas las facultades legales para auditar. Tendrá presupuesto, personal técnico especializado, atribuciones constitucionales. Lo que no tendrá, desde el primer día de su gestión, es la presunción de independencia. Esa presunción fue sacrificada antes de que la terna llegara siquiera al Pleno del Congreso.

Los costos sociales de esa pérdida son difíciles de medir con precisión, pero fáciles de describir: cuando los ciudadanos perciben que el órgano fiscalizador es una extensión del poder al que debe controlar, dejan de confiar en sus resultados. Cuando no confían en sus resultados, las auditorías favorables no tranquilizan y las observaciones no asustan. El órgano pierde su función disuasoria, que es precisamente la más importante. No se trata de que el OSFAGS vaya a dejar de auditar. Se trata de que sus conclusiones carecerán de la autoridad moral necesaria para producir consecuencias políticas reales.

Lo que el Pleno del Congreso todavía puede hacer

El dictamen DI-644 remite la terna al Pleno del Congreso del Estado para la designación final. En ese momento, los veintisiete diputados (no solo los cinco de la Comisión de Vigilancia), tienen la oportunidad de pronunciarse. Pueden votar, pueden argumentar, pueden abstenerse. Pueden exigir que cada integrante de la terna comparezca ante el Pleno y explique públicamente cómo garantizará su independencia frente a la administración que lo habilitó.

La probabilidad de que eso ocurra es baja. El PAN controla la mayoría legislativa, y la unanimidad de la Comisión sugiere que la decisión ya fue tomada. Pero la posibilidad existe, y es relevante señalar: el Pleno no es un notario. Tiene facultades deliberativas. Puede producir un debate que, aunque no cambie el resultado, al menos deje registro de que alguien cuestionó el origen del árbitro antes de que el árbitro comenzará a funcionar, al menos se espera que cada integrante de la oposición se manifieste al respecto y denuncie el proceso del ritual.

Ese registro importa. No para este proceso, que ya está determinado, sino para el siguiente. Las instituciones se reforman desde sus contradicciones documentadas. Si el Pleno vota en silencio y por unanimidad, la narrativa oficial será que el proceso fue correcto. Si al menos una voz disidente consta en actas, la historia de esta designación quedará contada de otra manera.

El periodismo que esto requiere

Esta columna no tiene la pretensión de cambiar el resultado de la designación. Tiene la pretensión de documentar el proceso con la precisión suficiente para que quien lo lea en cinco años, cuando el OSFAGS deba auditar al gobierno que lo instaló, tenga los elementos para evaluar si sus conclusiones son confiables.

El periodismo de fiscalización no consiste en denunciar actos ilícitos, en este caso no hay ninguno que documentar. Consiste en describir la arquitectura de los procesos que producen impunidad antes de que la impunidad ocurra. El proceso que culminó el 25 de marzo de 2026 no produce impunidad automáticamente. Produce las condiciones estructurales para que la impunidad sea más fácil, más cómoda y más difícil de cuestionar.

Lo que se instala hoy no es solo un auditor. Es un modelo de relación entre el poder y quienes deben controlarlo.

Ese modelo, documentado y nombrado, es lo que corresponde someter al juicio público. No para que cambie mañana, sino para que no se naturalice.

Nota editorial

Este texto es continuación directa de «El árbitro diseñado a modo» (Disruptor, 29 de marzo de 2026) y se sustenta en el Dictamen DI-644 de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado de Aguascalientes, firmado el 25 de marzo de 2026, así como en la Cédula de Votación Nominal de la Sesión Extraordinaria de esa misma fecha. Ambos documentos son públicos y de acceso abierto. Las afirmaciones de hecho que aquí se hacen tienen fuente documental identificable.

Referencias

de Alba Casillas, D. (29 de marzo de 2026). El árbitro diseñado a modo. Diálogos en Pluralidad. https://dialogosenpluralidad.com/el-arbitro-disenado-a-modo/03/29/2026

H. Congreso del Estado de Aguascalientes, Comisión de Vigilancia (25 de marzo de 2026). Dictamen DI-644. Por el que se informa al Pleno Legislativo del procedimiento relativo a la integración de la terna para la designación de la persona Titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes.

H. Congreso del Estado de Aguascalientes (25 de marzo de 2026). Cédula de Votación Nominal en lo General. Sesión Extraordinaria de la Comisión de Vigilancia.

LJA Aguascalientes (19 de febrero de 2026). Aprueban cambios en la designación de titular del OSFAGS. https://www.lja.mx/2026/02/aprueban-cambios-en-la-designacion-de-titular-del-osfags/

Péndulo Informativo (19 de febrero de 2026). Juan Pablo Diosdado y su llegada al OSFAGS: cuando se diseña una ley a modo, el árbitro nace bajo sospecha. https://www.penduloinformativo.com

Auditoría Superior de la Federación (2025). Informe de Resultados Cuenta Pública 2024. Municipios del Estado de Aguascalientes. https://www.asf.gob.mx7′

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

Diego de Alba Casillas

Dr. en Ciencias Antropológicas por la UAM-I. Sociólogo de profesión por la UAA. Aprendiz de reportero. Licenciado en Derecho.

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