Reconstruyendo la biblioteca de Alejandría

Remontándonos a los albores de la Edad Media, en Alejandría, ciudad egipcia fundada por Ptolomeo a orden de Alejandro de Macedonia ocho siglos atrás, fue destruida una legendaria biblioteca que estiman llegó a albergar casi un millón de manuscritos en su haber. No se sabe si fueron los árabes o los cristianos, tampoco es preciso si el despotismo imperial romano decidió su destrucción, sin embargo sobrevive el espíritu de lo que simboliza: la importancia de la preservación del conocimiento para que la humanidad acceda a él y lo desarrolle.
En conmemoración de lo anterior, el 16 de octubre de 2002 la UNESCO se da a la tarea de refundar este proyecto utilizando las tecnologías de la información, la comunicación y el conocimiento que la humanidad ha desarrollado trece siglos después de la misteriosa desaparición de este edificio. Es posible visitarla en la milenaria ciudad o desde su sitio web oficial.[1] Lo relevante es que el ser humano hace un importante esfuerzo por mantener vivo aquello que nos dio sentido y que al perderse, ralentizó la evolución científica y cultural occidental.
A mediados de 2015, poco impresiona que exista una página web como la mencionada. Incluso la propia Universidad Autónona de Aguascalientes con cuatro décadas de antigüedad cuenta ya con una red bibliotecaria moderna y eficiente a la cual recurrimos diariamente cientos de estudiantes, catedráticos e investigadores a enriquecer tareas, ponencias, ensayos, textos e investigaciones. No obstante, como cualquier internauta con un poco de tiempo y curiosidad, se ha podido dar cuenta de que basta teclear unos cuantos conceptos para que el algoritmo de búsqueda de Google arroje hasta miles de resultados al respecto.
Aquí es justamente donde comienza el cuestionamiento sobre el libre acceso a los datos en plena era de la información que obliga a cuestionar: ¿Dónde quedan los derechos de autor en este contexto de libertinaje cognitivo? ¿Cuál es el valor de crear cualquier tipo de obra si es susceptible a ser copiada y subida en dominio web abierto para que el internauta tenga acceso y lo almacene a placer? ¿Estamos entrando en un proceso de desarrollo cultural donde todo es de todos y la inteligencia colectiva debe estar por encima de la propiedad privada y los beneficios individuales?
Mientras leía el documento Principios Básicos del Derecho de Autor: Desarrollo de Habilidades Informativas que generó la UAA a través de la Dirección General de Servicios Educativos y el Departamento de Información Bibliográfica, me venían a la mente el sinfín de libros digitales que he encontrado en el vasto universo de la World Wide Web. En mi caso, como catedrática de la Licenciatura de Diseño de Modas en Indumentaria, mis búsquedas van enfocadas hacia títulos sobre historia de la Moda, diseño y tecnología de textiles, psicología del color y hasta marketing enfocado a la industria de la confección y la vestimenta. Siendo honesta, he encontrado libros completos en perfectas condiciones que me han servido para enriquecer mis clases y, por ética profesional, he mencionado a mis estudiantes la bibliografía y los he direccionado a la biblioteca del campus.
Tal como lo cita Paez-Maña, se puede definir que:
“El Autor es el sujeto generador de los derechos de Propiedad Intelectual,
que con su actividad intelectual trasforma pensamientos, elucubraciones, percepciones e ideas en obras concretas, adquiriendo, por este hecho creador, la titularidad del conjunto de derechos morales y patrimoniales establecidos por las leyes reguladoras de la Propiedad Intelectual.”[2]
Hasta aquí me sentí medianamente aliviada porque mi comportamiento pedagógico no estaba provocado una acción legal de Joanne Entwistle[3] en mi contra o enfureciendo a Roland Barthes[4] desde el más allá.
Sin embargo, en el mundo de los catedráticos no somos santos ni apostoles del copyright. Peor aún. Desconocemos por completo la legislación sobre derechos de autor y el acceso a la información. Por ello, se infringen las leyes por desconocimiento todos los días en las aulas de diversas casas de estudio del Estado y, seguramente, del país.
Al concluir la lectura debo reconocer que revisé las caras de decenas de conocidos dedicados a la cátedra y les vi el registro de ingreso a los separos, pues es consuetudinario que le compartamos al alumno el libro para las copias e incluso nosotros usemos un texto que es muy difícil de encontrar o no se encuentra en la biblioteca y necesitemos la fotocopia como recurso didáctico. Otros colegas son más modernos, encuentran un texto integro en Internet y se los comparten a sus alumnos sin recato alguno. Incluso, uno de ellos tiene una carpeta de Dropbox con cientos de libros muy valiosos que comparte a sus alumnos y amigos catedráticos con recurrencia. No continuaré para evitarme una percepción de que vivo inmersa en el hampa informativa.
Fuera de broma, es común que los catedráticos mexicanos cometan una o varias faltas tipificadas en las leyes nacionales sobre derechos de autor y si una autoridad las aplicara a rajatabla, tendríamos cárceles repletas de profesionales de la educación universitaria. Por ello, recupero los cuestionamientos que hice párrafos atrás y agregaría el elementos de cultura y situación económica.
Los catedráticos tenemos la vocación de enseñanza y, sin afán de realizar una defensa a algo que no es legal, recurrimos a las herramientas que tengamos a la mano para lograr el objetivo primario que es hacer al alumno aprender. Si a cada grupo le obligara a comprar el manual de diseño textil –el cual está fuera de edición desde hace diez años y resulta difícil de encontrar– con un costo de trescientos pesos, sin duda le resultaría redituable a los autores y la editorial. Pero si cada materia, los hace adquirir cada uno de los libros que se van a necesitar, será un gasto familiar importante que pocos alumnos pueden subvencionar. Más aún en carreras que tienen una dinámica teórica cambiante y en constante evolución como diseño gráfico, arquitectura, mercadotecnica, comunicación, ingenierías en computación inteligente.
La aplicación de los preceptos legales de manera puntual implicaría una camisa de fuerza a la educación universitaria en México que forzosamente abriría nuevos debates como subsidio de libros a estudiantes y maestros, mayor impulso a redes de bibliotecas virtuales, acceso abierto a servicios a librerías en línea como Scribd o Amazon, lo cual implica esfuerzos e inversión por parte de las instituciones o solicitud de apoyos gubernamentales especiales para poder ofrecer estos servicios.
Sin embargo, como indica el texto citado, hay formas de entender la ley más como una plataforma de desarrollo y menos como un grillete a la libertad de cátedra. Además, como es mi caso, que estoy completando una investigación para hacer un libro, me acerco a la parte de quienes padecen realmente la falta de cultura al respeto de los derechos de autor y quienes sí exigen que se apliquen de la mejor manera y no solamente en el ámbito escolar sino para todas las expresiones posibles de las industrias culturales.
Desde la aparición de Napster a fines del pasado milenio, el mundo de la música comenzó a cambiar drásticamente y desató un tremendo debate sobre la propiedad intelectual en la industria musical que produjo una metástasis hacia el cine, los videojuegos, los programas computacionales y las editoriales, principalmente. Tras una guerra sin cuartel contra usuarios, piratas informáticos, sitios web y generadoras de dominios; las empresas del ramo se perdieron en el laberinto del libertinaje y vieron caer sus ingresos millonarios año con año. No fue sino hasta que casi paralelamente Jeff Bezos con los servicios de Amazon y Steve Jobs con Apple Itunes Store ofrecieron una forma legal de ofrecer paquetes culturales –entiéndase por lo anterior aplicaciones multimedia, canciones, libros, películas, programas, videos diversos y juegos– usando las bondades de la propia tecnología que destruía los viejos paradigmas de distribución de estos bienes mediante canales clásicos de distribución. Después vendría Netflix, Spotify y otros maravillosos servicios en línea que están cambiando el chip a las nuevas generaciones que hoy en 2015, literalmente viven conectadas a la red virtual mediante diversos dispositivos como lo indica el reciente estudio que conjuntamente realizadon el Interactive Advertising Bureau, Millward Brown y Televisa.[5]
De igual manera, hay países que por presiones de los creadores han generado toda una reforma en materia de derechos de autor, como sucedió en España con la Ley Sinde que concluyó la creación de una nueva Ley de Propiedad Intelectual, al respecto de la cual Google manifestó su decepción[6] y consideró que su servicio facilita el tráfico a sus sitios web más allá de querer robar sus contenidos.
En nuestro país, contamos con todo el andamiaje legal y gubernamental para hacer valer el respeto a los derechos de autor, la propiedad intelectual e industrial mediante respectivos y delimitados institutos que permiten a cualquier mexicano registrar sus obras e incluso obtener asesoría si consideran que su autoría está siendo mancillada.
El camino para concretar el respeto a la autoría de una obra fue largo y costó más de un siglo crear una homologación global. Lo cierto es que el propio fenómeno de la globalización y sus herramientas fueron los que tambalearon las estructuras del copyright, por lo que ha sido necesario buscar nuevas formas de compartir los esfuerzos creativos, cuya naturaleza es justamente ser apreciada por otros sin menoscabo de los intereses de quién los originó.
Por ello, considero importante hacer algunas aportaciones extra a las ya vertidas en este breve ensayo para que el acceso a la información no afecte los derechos de autor. Comenzaría con una difusión profunda de las leyes en maestros de todos los niveles educativos con especial énfasis en bachillerato y profesional. Si esto viene acompañado de una campaña de difusión permanente para prevenir las faltas en contra de los derechos autorales, ayudaría a generar mayor conciencia y respeto.
En conclusión, la resolución de Creative Commons o el Open Access son formas inteligentes y modernas de compartir bienes culturales de acuerdo a la modernidad sin necesidad de caer en medidas coercitivas que puedan hasta hasta afectar la privacidad de quienes navegamos en Internet. La parte que nos corresponde como catedráticos, es fomentar el uso correcto de la información en los trabajos y ensayos que dejamos a nuestros alumnos siendo un tanto estrictos en ello para que las nuevas generaciones presenten un mejor comportamiento y la producción intelectual e industrial crezca en nuestro país con la tranquilidad de que hay respeto estos derechos.
De tal forma que la reconstrucción de esta nueva Biblioteca de Alejandría esté fundada en los cimientos del consentimiento generalizado de tolerancia y legalidad para evitar que la ignorancia la destruya otra vez.
[1] http://www.bibalex.gov.eg/Home/Default_EN.aspx
[2] PÁEZ-MAÑÁ, J. Las revistas científicas y el derecho de copia en ROMÁN-ROMÁN, A. (et.al.). La edición de revistas científicas. Guía de buenos usos, Capítulo 7. Centro de Información y Documentación Científica CINDOC (CSIC). Madrid, 2001.
[3] Autora de El Cuerpo y la Moda: Una Visión Sociológica. Editorial Paidós Contextos.
[4] Autor de El Sistema de la Moda. Paidós Comunicación.
[5] http://www.slideshare.net/iabmexico/estudio-consumo-medios-dispositivos-mexico
[6] http://www.elmundo.es/tecnologia/2014/10/29/5450b3caca4741943c8b4572.html