SERENIDAD Y PRUDENCIA  

SERENIDAD Y PRUDENCIA  

“Ser es ser percibido”. Tratado sobre los principios del conocimiento humano, John Locke.

“Yo tengo las ideas, las creencias me tienen”. José Ortega y Gasset.

“Dame los hechos, yo te dará el Derecho”. Proverbio foral español.

El lamentable fallecimiento de Jesús Ociel Baena y de Dorian Herrera en circunstancias que la Fiscalía del estado ha considerado como constitutivas del delito de homicido seguido de un suicidio, ha conmocionado a la sociedad de Aguascalientes y en buena medida a la comunidad LGTBIQ+ que agrupa a diversas orientaciones de sexo y género tales como: Androginia, Lesbiana, Gay, Bisexual, Queer, Intersexual, Pansexual, Demisexual, Persona no binaria,Transgénero, Genderqueer, Pangénero, Trasvesti, Homosexual, Transexual, Género fluido y otras diversas que parecen no tener más en común que sentirse distintas y en diferentes manera opuestas a la connotación Cisgénero, que es el término que se utiliza para referirse a las personas cuya identidad de género coincide con su sexo biológico.

El licenciado Jesús Ociel Baena desempeñaba la magistratura en el Tribunal Electoral del estado de Aguascalientes y, a decir de muchos, se había construido un personaje que le había dado buenos dividendos en su carrera jurídica y judicial. Obtuvo que en un documento identitario se le asignara como de género no binario, que es un tipo de identidad de género que describe a aquellas personas que no se sienten identificadas con la estructura tradicional de género binario, es decir, con la categorización de hombre o mujer, lo que en mi concepto por sí mismo no es una reivindicación, porque la percepción social no distingue las diferencias sutiles de los diversos grupos, sino que asume simplemente el reconocimiento de los derechos de la diversidad.

No conozco aportaciones relevantes en criterios jurisdiccionales, amigos de la Comunidad me dicen que no asumía ni desempeñaba un liderazgo, y que, salvo algunas conductas epatantes, que incluso para miembros de la comunidad resultaban exageradas e innecesarias, su personaje sólo le había redituado individualmente. Difiero en esta apreciación porque el mero hecho de promoverla y publicitarla, además de su vestimenta femenina que aún asumiéndose como no binario le identificaba más con una mujer, tuvieron un impacto importante en el foro y en la sociedad, al aceptar su comportamiento e indumentaria. Sin embargo, parecía que no le resultaba suficiente la aceptación y el respeto, porque en no pocas ocasiones asumió conductas no sólo testimoniales sino francamente provocativas sin justificación. El hecho de utilizar las instalaciones del Tribunal como escenografía para su promoción personal con sus atuendos peculiares, o la burla injustificable para la comunidad católica al parodiar a la Virgen de Guadalupe, no abonaba para bien a su persona. Estoy convencido de que si reclamo respeto debo empezar por respetar.

Su muerte y la de la otra persona, al parecer su concubino, a partir de su etiqueta como miembro de la Comunidad, provocó una oleada de indignación y de protestas a partir de una percepción sustentada sólo en dos hechos: su muerte violenta y su condición de asumirse como persona no binaria. La percepción de la Comunidad, a juzgar por las expresiones de algunos grupos y personas que han sido luchadores consistentes por los derechos de la diversidad, por la oleada de protestas y exigencias de justicia en las redes sociales y por las manifestaciones de duelo y de reclamo en diversas ciudades de nuestra república y aún del extranjero, es de que se trata de un crimen de odio, entendido como cualquier delito cometido motivado por un sesgo o un prejuicio respecto a la membresía de la víctima en un grupo específico.

El legítimo derecho para la expresión de su malestar y para la condena de las acciones en su contra, tiene su origen también en un prejuicio que parece ser generalizado: todo crimen en que la víctima sea una mujer es un feminicidio, todo crimen en que la víctima sea un integrante de la comunidad es un crimen de odio. Respuesta explicable por las formas, procesos e interacciones de una sociedad preponderamente machista y homofóbica.

Las medidas cautelares que decreta la CEDHA parecen ineficaces ante el hecho del homicidio consumado, por una parte, la no existencia de acciones de la Fiscalía que hagan presumir una investigación prejuiciada y la no identificación ni siquiera presuntivamente de un tercero ajeno a los hechos, adicionalmente no existe reproche a las conductas ya realizados por las autoridades policíacas que adelantan y filtran opiniones en procedimientos que por su naturaleza son de competencia de la Fiscalía y deben ser sujetas a secreto para no entorpecer las investigaciones ni prejuiciar a la ciudadanía y a los afectados directa o indirectamente por los hechos presumiblemente delictuosos.

Las acusaciones de los colectivos y los juicios expresados por algunos comunicadores y opinadores no tienen más fundamento que una percepción, una falta de serenidad y de prudencia. Contribuyen también a la confusión en buena medida la actitud errática de las autoridades, la información incompleta, las opiniones sin fundamento y aún la comunicación irresponsable de la inútil Secretaría de Seguridad Pública nacional, que manifestó en la Mañanera, de por sí confusa y falaz, que ya estaba investigando los hechos, cuando notoriamente no tiene competencia para hacerlo. La investigación corresponde exclusivamente a la Fiscalía del Estado, no procede, como algunos representantes de colectivos han dicho, que la atraiga la Fiscalía de la República. Por otra parte la aplicación de un protocolo de género a la investigación de hechos que afectan a una víctima que por definición se asume como no perteneciente a un género, resulta por lo menos, confusa.

Además de los hechos que la Fiscalía del estado ha señalado y de las primeras conclusiones no definitivas que ha dado a conocer, no se conocen ningunos otros hechos que pudieran aportar elementos que las desvirtúen. Es posible que en opinión de algunos menos escrupulosos, que los hay, convenga un mártir para la Comunidad, pero los principios, los ideales, los valores, son apreciables por sí mismos. La lucha reivindicatoria ha dado resultados paulatinamente. En Aguascalientes ha cambiado significativamente el comportamiento de la sociedad. Los derechos humanos son progresivos y su promoción y defensa deben ser una tarea perenne, por ello mismo deben cimentarse debidamente.

La ligereza con que se condena a la autoridad de parcialidad, de sesgo homofóbico, de ocultamiento de información, de omisión, negligencia o mala fe, no abona sino se soporta en elementos que vayan más allá del prejuicio y de la percepción distorsionada. Apostar a la división, a la fractura, al enfrentamiento, no es lo mejor para una nación que requiere unidad, solidaridad, serenidad y prudencia.

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Jesús Eduardo Martín Jáuregui

Abogado, maestro universitario, taurino en retiro, lector compulsivo y escribidor catártico. Egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México, Notario Público 19 en Aguascalientes México, Ex-presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Ags., Integrante del Comité Técnico del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, maestro de Derecho Romano y de Hermenéutica Jurídica en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, miembro fundador de la Academia Mexicana de Derecho Notarial, miembro correspondiente del Seminario de Cultura Mexicana.

Jesús Eduardo Martín Jáuregui

Abogado, maestro universitario, taurino en retiro, lector compulsivo y escribidor catártico. Egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México, Notario Público 19 en Aguascalientes México, Ex-presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Ags., Integrante del Comité Técnico del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, maestro de Derecho Romano y de Hermenéutica Jurídica en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, miembro fundador de la Academia Mexicana de Derecho Notarial, miembro correspondiente del Seminario de Cultura Mexicana.

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