Prioridades públicas vs intereses privados
El sufragio supone un acto de voluntad del ciudadano que expresa confianza hacia otro ciudadano para elegirlo su representante, así como adhesión a un programa o propuesta política.
Gonzáles Uribe afirma que el sufragio es derecho individual, deber y función social [referencia a Duverger]. Un derecho ligado a la condición de ciudadano. Arranca de la naturaleza social del hombre y de la solidaridad que debe a la vida comunitaria. Contiene, además, valor ético no sólo jurídico. (Teoría Política, pp. 390-391).
Dahl (Los dilemas del pluralismo democrático) considera esencial cómo “justificar que, incluso en un sistema democrático pleno, algunas organizaciones [civiles, empresariales, gremiales, sindicales] tendrían derecho a cierto rango de autonomía frente al demos y sus representantes. La conclusión se sigue del compromiso con el proceso democrático mismo … es deseable que los ciudadanos deban poseer todos los derechos necesarios para ese proceso … La pregunta no es si lo harían como una cuestión práctica, sino si podrían hacerlo legítimamente …” (55)
Explica que el “rango de autonomía” de “cualquier organización en cualquier país democrático, [es] una cuestión de derecho político fundamental… los representantes podrían ejercer control sobre un amplio rango de actividades de las organizaciones. [Por lo que] dentro de ese rango … los representantes podrían delegar su control inmediato a otros” (p. 56)
Escéptico pregunta “¿Cómo determinaremos en la práctica si los representantes han preservado el control final sobre las decisiones de un subsistema?” (p. 56) Más aún si “los representantes en los países democráticos modernos encuentran extremadamente difícil, y en momentos imposible, afirmar un control suficiente sobre los sistemas voluntariosos a fin de ponerlos bajo control, entonces, ¿no tenemos derecho a decir que ellos –y el demos—han perdido el control final sobre la agenda de asuntos públicos?” (p. 58)
Esta pregunta evidencia la problemática para la representación política cuando se traslapan las prioridades públicas con la multiplicidad de intereses privados. La salida, no solución, es la propuesta de democracia directa en vez de democracia representativa, disyuntiva aparentemente irreconciliable.
En torno a ello, Giovanni Sartori, en conferencia que dictó con motivo del vigésimo aniversario de la Constitución Española de 1978, analizó la controversia entre los defensores de la representación política y los propugnadores de la acción ciudadana directa y eliminación o reducción al mínimo de la representación política. Tema en boga en aquella década, en virtud de la presencia exponencial del carácter electrónico y cíber-democrático del debate político (uno de sus productos típicos fue el video: la virtualidad del liderazgo y de la reflexión política). El núcleo de la argumentación de Sartori es la defensa de la representación política (Claves de la razón práctica N. 91, 1999, https://dialnet.unirioja es).
No es nuevo que la representación política tenga detractores, lo novedoso es que se proponga en pro de la anarquía (Robert Paul Wolff, En defensa del anarquismo, 1970. N. 1933-): “democracia directa instantánea electrónica que implicaba desechar en bloque la democracia indirecta, es decir, representativa” (Citado por Sartori, p. 2). A su vez, Alvin Toffler (Creating New Civilization, 1995), al subrayar la sobrecarga de trabajo de los parlamentarios, denuncia que “los legisladores no pueden siquiera seguir la pista de los muchos pequeños grupos a los que nominalmente representan”, concluía que, si ellos no podían hacerse “mediar en defensa de nuestros intereses, habremos de hacerlo por nosotros mismos”. Así que no queda sino “adoptar nuestras propias normas … que respondan a nuestras necesidades”. Pero no explica cómo elaborar y aplicar esas normas, ni cómo serán sancionadas. Sartori lo objeta como “una postura simplista y equivocada”. Serían espacios para demagogos, gesticuladores y especuladores políticos.
El debate surge del desconocimiento, según Sartori, “de lo que la representación debe y puede hacer y lo que no puede hacer”. Al haber diferencias entre representación y representatividad (cuestión sociológica, más allá de lo jurídico y lo político) se destaca un problema prioritario para la política representativa. Cuando se dice que “algo es representativo de algo” se alude a la “idea de similitud, identificación, características compartidas”.
De ahí la exigencia de que el Poder Legislativo –incluso el Ejecutivo– sea reflejo puntual de la nación o la localidad. De la representatividad se derivan, entre otros, los problemas relativos a la sobrerrepresentación (algunas clases, etnias o segmentos sociales tienen más cargos en relación a su peso demográfico), o subrepresentación (menos cargos públicos según su peso demográfico). O bien, sectores minoritarios ostentan influencia decisiva en las disposiciones y políticas del Estado en detrimento de los mayoritarios.